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viernes, 27 de abril de 2012
Argentina podría reliquidar los impuestos cinco años hacia atrás.
Documentos. Acuerdo firmado incluye el pedido de estos a Uruguay.
La no retroactividad del intercambio de información fiscal entre Argentina y Uruguay no impedirá que el fisco del país vecino reliquide impuestos por hasta cinco años atrás a aquellos contribuyentes descubiertos con activos no declarados.
Esto se debe a que el "período no prescripto" en el pago de los impuestos a las ganancias (renta) y sobre los bienes personales (patrimonio) es de cinco años y a que el fisco argentino podría requerir a Uruguay documentos que indirectamente den cuenta del tiempo que se poseen activos no declarados en Uruguay, señalaron a El País tres expertos de la vecina orilla.
Si una vez que el acuerdo esté operativo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) descubre a un contribuyente que ocultó activos en Uruguay, podrá recalcularle el impuesto a los bienes personales (porque su patrimonio es mayor al declarado) por los últimos cinco años.
Incluso podría reliquidar el impuesto a las ganancias si considera que "el incremento patrimonial no es justificado", es decir, que no tiene respaldo en la declaración jurada sobre sus rentas, explicó a El País el socio de impuestos de KPMG Argentina, Rodolfo Canese Méndez. "Queda en la cabeza del contribuyente probar el origen de esos fondos", señaló.
Para calcular la renta que corresponde gravar, se estima que las ganancias equivalen a ese incremento patrimonial no justificado más un 10% (considerado por "ganancia consumida en gastos no deducibles"). A ese total se le aplican las tasas del impuesto a pagar (que son progresionales en función de franjas como el IRPF uruguayo y llegan hasta un 35%).
El abogado Martín Barreiro, socio del estudio Baker & McKenzie, señaló que "eventualmente también se podría aplicar una tasa de 21% de IVA, en la medida en que el fisco argentino tenga elementos para pensar que el incremento patrimonial surge de una actividad gravada con IVA". Y agregó que la AFIP también podría aplicar multas "que pueden ser de 50% a 100% del impuesto emitido".
En cuanto al impuesto a los bienes personales en Argentina (patrimonio), el experto indicó que su mínimo imponible es bajo: unos US$ 69.000. "Cualquier inversión en Uruguay va a estar alcanzada por el inmueble", estimó Barreiro. Por tanto, deberán reliquidar impuesto al patrimonio hacia atrás.
DOCUMENTOS. Pese a que se acordó la no retroactividad de la información intercambiada, el fisco uruguayo podría brindar información a Argentina sobre desde cuándo el contribuyente indagado tiene un inmueble o sociedad en el país, señalaron los expertos.
"Si la AFIP quisiera saber el valor del inmueble (para reliquidar los impuestos) puede pedirle al fisco uruguayo la escritura. Y esa pieza documental puede reflejar una fecha de compra efectuada previo a la firma del acuerdo", dijo a El País el tributarista Cristian Rosso Alba, socio del estudio Mintriani, Caballero, Rosso Alba, Francia, Ojam & Ruiz Moreno.
Es que el artículo quinto del acuerdo alcanzado entre ambos países establece que si una parte es requerida, brindará información "en forma de declaraciones de testigos y copias autenticadas de documentos originales".
Algo similar ocurre con las sociedades uruguayas si Uruguay brinda a la AFIP sus estatutos, porque de allí surge cuándo se crearon. "Se genera un efecto no querido", dijo Barreiro. En ese caso, el aumento patrimonial se calcula para una fecha hasta cinco años anterior y "se le cargan los intereses al presente", explicó.
Barreiro sostiene que en el caso de las cuentas bancarias la AFIP "no tiene elementos fácticos" para presumir que el contribuyente las poseía cinco años atrás como para reliquidar impuesto a los bienes personales, pero podría igual aplicar el criterio de "incremento patrimonial" para reliquidar el impuesto a las ganancias.
SIN ALTERNATIVA. El presidente de la República, José Mujica, sostuvo ayer en su audición radial de M24 que el acuerdo firmado con Argentina "era un paso que había que dar". "Hace casi cuatro años que nosotros teníamos la certidumbre que este paso era inevitable por la evolución internacional de los sistemas financieros", admitió. Para el mandatario, "era evidente que iban a ir apretando y apretando las tuercas". También resaltó que "no se nos puede pasar por la cabeza que suscribir este acuerdo sea una forma de intercambio, de chantaje comercial".
LA CIFRA
69
Son los miles de dólares de mínimo imponible del impuesto a los bienes personales.
Fuente: http://www.elpais.com.uy/120427/pecono-638392/economia/argentina-podria-reliquidar-los-impuestos-cinco-anos-hacia-atras/
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