martes, 26 de agosto de 2014

PUNTA DEL ESTE: DEBERÁN IDENTIFICAR SUS CUENTAS BANCARIAS EN LOS CONTRATOS Bancarización complica a argentinos que "no quieren dejar huellas".

Las restricciones al uso de efectivo "complicarán" a los argentinos que tienen o prevén hacer inversiones inmobiliarias en Uruguay y no quieren dejar rastros, según expertos. Para el gobierno no se introducen "cambios significativos".
El 70% de los inmuebles de Punta del Este es de propiedad argentina. Foto: R. Figueredo

La ley de Inclusión Financiera establece que el uso de efectivo estará restringido para el pago de operaciones superiores a US$ 5.000. En este sentido, desde el 1° de mayo de 2015 (con opción a prórroga de un año), las compras de inmuebles y vehículos deberá hacerse mediante instrumentos bancarios (transferencias, cheques, letras de cambio).
Además, el pago de alquileres se hará obligatoriamente a cuenta bancaria cuando supere las 40 BPC anuales ($ 9.396 al mes actualmente) a partir del 1° de noviembre, aunque el Poder Ejecutivo puede prorrogar la entrada en vigencia de la obligatoriedad.
El CEO de la gerenciadora argentina de patrimonios FDI, Mariano Sardáns, dijo a El País que la anulación de pagos y cobranzas en efectivo para esas operaciones "complicarán a muchos argentinos".
Según Sardáns, en el caso de los inmuebles, la prohibición de pagar o cobrar en efectivo, "obligará" a quien quiera realizar la operación "a tener una cuenta abierta en el sistema bancario uruguayo, dado que aunque pague o cobre la operación con una letra de cambio, esta deberá ser cobrada por el destinatario a quien esté librada la misma".
Consultado sobre el tema, el asesor del Ministerio de Economía, Martín Vallcorba, dijo a El País que en el caso de la compra-venta de inmuebles "hay una mala interpretación" y explicó que "no se tiene porqué abrir una cuenta en un banco de Uruguay".
La ley establece que el pago deberá cumplirse a través de medios de pago electrónicos emitidos por una institución de intermediación financiera a nombre del comprador, pero no hace mención a que debe ser de Uruguay. 
Por otra parte, las escrituras de compra-venta deberán registrar los detalles de cómo se concreta la operación, incluyendo los números de cuenta, sus titulares y el banco, en caso de que la operación de pago o cobro se realice en un banco fuera de Uruguay.
"Los argentinos acostumbran a comprar en efectivo. Si abren la cuenta bancaria, no pueden hacerlo en el anonimato y hoy con el acuerdo de intercambio de información tributaria las cuentas van a estar alcanzadas en ese intercambio", afirmó Sardáns. "Automáticamente no se va a ver la compra de todo aquel que lo quiera hacer en efectivo. Si lo hace como obliga la ley en forma electrónica ningún problema, pero la mayoría son reacios, o porque no lo tienen declarado o por otras razones. Esto traba la operación", añadió.
Sin embargo, Vallcorba respondió que "no hay cambios significativos a la operativa actual. La ley no genera problemas de funcionamiento. Por ese lado no pueden hacer terrorismo".

Sin huellas.


La norma prevé además que pasen al formato electrónico otras transacciones muy usadas por los argentinos como el cobro y pago de alquileres, que también estará limitado para su realización en efectivo. En este caso, el pago deberá hacerse "mediante la acreditación en una cuenta abierta en una institución de intermediación financiera a nombre del arrendador", según la norma.
La identificación de la cuenta deberá constar de forma obligatoria en los contratos que se celebren a partir de la entrada en vigencia de la ley, y en los contratos que ya estén en curso la parte arrendadora deberá comunicar al deudor la cuenta en la que deberán acreditarse los pagos.
También se deberá realizar de forma electrónica el pago de honorarios profesionales y de gastos, como por ejemplo, a administradores de consorcios para el pago de expensas o gastos comunes).
Además, todos los pagos de impuestos deberán hacerse electrónicamente. En caso de que los mismos sean pagados por el asesor tributario como es de costumbre, el dinero se le deberá hacer llegar a éste por los medios formales estipulados por la norma.
Sardáns explicó que hay "preocupación" entre clientes, compradores inmobiliarios y profesionales de Argentina que consultan y que tienen "dudas" respecto a "qué significa" la ley de inclusión financiera. "Uruguay lo que quiere es formalizar toda la economía y está haciendo las cosas bien. Ahora a los argentinos eso los complica y van a pensar las cosas diez veces más. No quieren dejar huella", expresó el ejecutivo.
Por su parte, el tributarista Leonardo Costa indicó que la implementación de la ley va a "impactar" en lugares como Punta del Este u otros puntos turísticos elegidos habitualmente por los argentinos, en los que ya hubo un efecto en la actividad a partir de la firma del acuerdo de intercambio de información tributaria. "El tema es si se visualiza como más importante la bancarización o el mercado inmobiliario. Es un tema de evaluación política", expresó y añadió que es posible que se posterguen algunos plazos previstos en la ley.

Embargo de cuenta bancaria.


Consultado sobre las dificultades operativas que podrían presentarse para alguien que tiene las cuentas bancarias embargadas, por ejemplo al momento de adquirir un inmueble, el asesor de Economía, Martín Vallcorba, explicó que eso no debería ser un problema, porque el comprador en caso de contar con el dinero efectivo tiene la posibilidad de emitir una letra de cambio. En este sentido, el tributarista Leonardo Costa consideró que "va haber un gran problema" con los clientes que tengan embargos y que "un montón de transacciones" se van a seguir haciendo sin bancarización, por lo que debería haber algún tipo de excepción.

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