En artículo publicado el pasado 18 de octubre comenzamos a analizar el texto acordado por el Gobierno y Alianza Nacional, para modificar el régimen legal relativo al levantamiento del secreto bancario, a instancias de la DGI. En dicha oportunidad, señalamos cuáles eran los tres principios que había logrado salvaguardar la oposición, convenciendo a la bancada oficialista de modificar el texto original enviado al Parlamento por el Poder Ejecutivo:
1°) Existe un derecho a la intimidad consagrado en la Constitución y ratificado por la reciente ley de Habeas Data, que justifica el mantenimiento del secreto bancario con carácter general.
2°) Este derecho al igual que la mayoría de los derechos individuales reconocidos en la Constitución, no es absoluto y puede ser limitado por razones de interés general.
3°) La limitación de este derecho sólo se justifica en casos excepcionales.
Sobre esas bases conceptuales, los cambios acordados por Alianza Nacional con el Poder Ejecutivo, restringirían el levantamiento del secreto bancario a casos excepcionales, al establecer: "El juez sólo hará lugar a la solicitud cuando la administración tributaria haya acreditado la existencia de indicios objetivos que hagan presumir razonablemente la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo, y siempre que la información solicitada resulte necesaria para la correcta determinación de adeudos tributarios o la tipificación de infracciones".
Enseñaba Enrique Tarigo al definir el concepto jurídico de "indicio", que el mismo consiste en: "Cualquier hecho -material, humano, físico, psíquico, simple, compuesto, etc.-, cualquier acaecimiento, siempre que de él sea posible obtener un argumento probatorio para llegar, mediante una operación mental, lógico crítica, al conocimiento de otro hecho que constituye el objeto de la prueba, el hecho a probar".
En el texto proyectado el "hecho a probar" -siguiendo a Tarigo- mediante el razonamiento presuncional es, "la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo".
El legislador podría haber establecido: "cuando la administración tributaria haya acreditado la existencia de indicios que hagan presumir la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo", obviando utilizar el calificativo "objetivos" para precisar el carácter de los indicios, así como el término "razonablemente", que se adjuntó al giro "presumir".
En ambos casos, al exigir la objetividad de los indicios y la razonabilidad de la conclusión presuncional, el legislador está reforzando el carácter estricto para la aplicación de este requisito necesario para el levantamiento del secreto bancario.
Quizás pueda resultar redundante desde el punto de vista gramatical, pero a la hora de interpretar la norma en cuestión, ambos conceptos -la objetividad y la razonabilidad-, no hacen más que confirmar el marcado interés del legislador por acotar las hipótesis de levantamiento del secreto bancario.
En consecuencia, la DGI no sólo tendrá la carga de probar fehacientemente la existencia de los indicios, además deberá convencer al juez, que esos hechos valorados con un criterio objetivo, permiten concluir razonablemente, de manera natural y obvia, que el sujeto pasivo incurrió en evasión. Resta entonces analizar el alcance jurídico del concepto de "evasión del sujeto pasivo", por ser esta la situación jurídica cuya existencia debe probarse mediante un razonamiento presuncional, para habilitar así el levantamiento del secreto bancario.
En las "IV Jornadas luso hispano americanas de Estudios Tributarios" de 1970, se definió el concepto de evasión, diciendo: "El concepto de `evasión tributaria` debe ser restringido a las conductas ilícitas adoptadas por el contribuyente para eximirse total o parcialmente del cumplimiento de la obligación tributaria.
La denominación de `elusión` debe reservarse a aquellas conductas que por medios lícitos, no o menos gravados, llegan a un resultado económico equivalente al contemplado por la ley".
En el mismo sentido, el Prof. Federico Berro, enseña que la evasión importa: "la evitación ilegítima de los deberes tributarios sustanciales, pagos de tributos, aprovechamiento indebido de ventajas tributarias, con un ingrediente intencional" (destacado nuestro).
De esta forma, la evasión queda acotada a la hipótesis de incumplimiento ilícito, pero a la vez intencional, donde el sujeto pasivo actúa con la intención de evadir el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Se trata de una hipótesis jurídica más amplia que la definida en el Código Tributario para la infracción de defraudación tributaria, la que requiere necesariamente la existencia de fraude -engaño u ocultación- pero supone al igual que aquella, la existencia de dolo, esto es, conciencia y voluntad de estar evadiendo el pago de los tributos. Por esa razón, no puede confundirse la evasión, con el mero incumplimiento de las obligaciones fiscales, situación jurídica en la que el sujeto pasivo puede incurrir en forma no intencional.
En el mismo sentido, el proceso judicial legislado, imponiendo en todo caso al juez de la causa, el deber de considerar la prueba diligenciada y todas las circunstancias del caso, en un proceso con trámite bilateral, con necesidad de instrucción probatoria y decisión motivada en la prueba producida y en las circunstancias del caso, refuerza la tesis de que la evasión del sujeto pasivo, es una situación jurídica que se configura en forma intencional y por ende su prueba es compleja.
No bastará entonces con acreditar que un sujeto pasivo no presentó una declaración jurada y que además se compró un costoso auto cero kilómetro; los indicios que deberá acreditar la DGI, deberán permitirle al juez concluir en forma objetiva y razonable, que se encuentra frente a un sujeto que evadió intencionalmente sus obligaciones tributarias.
Para interpretar el alcance material de la norma en cuestión, basta pensar que el legislador podría haber condicionado el levantamiento del secreto bancario, únicamente a que la DGI acreditase el simple incumplimiento de una o varias obligaciones tributarias. Sin embargo, fue en virtud del acuerdo político a que refiere el título de esta nota, que solamente los evasores quedaron comprendidos en la hipótesis normativa.
Para concluir con el análisis jurídico del término evasión fiscal en nuestro Ordenamiento, trascribimos un párrafo de la sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo -N° 356/2006-, donde se analiza un caso en el cual el BPS le aplicó a una empresa la multa prevista en el artículo 10 de la Ley 16.244, por haber expedido una "constancia dolosa" al sub-declarar el salario de un trabajador. En la sentencia citada, queda meridianamente claro el alcance subjetivo de la evasión tributaria, como supuesto de conducta jurídicamente calificada, que requiere necesariamente para su configuración la intencionalidad del agente.
Dice la sentencia comentada, en dos párrafos concluyentes:
"Tocaba a la Administración dar crédito mediante prueba bastante de que el empleador fraguó la constancia laboral en lo que refiere a los montos salariales abonados al trabajador para evadir sus obligaciones tributarias. Semejante conducta, como es lógico, no puede ser presumida sino que, como bien establece la ley, debe resultar de probanzas objetivas que conduzcan a la convicción de haberse producido un hecho excepcional, que implica tanto como haberse configurado un caso de evasión fiscal" (…).
"En modo alguno puede aceptarse que la constancia irregular, por subdeclaración de sueldo, acredite por sí sola la intención subjetiva del empleador de cometer evasión fiscal. En consecuencia, la Administración no puede sustraerse a la carga que le impone la ley de probar fehacientemente, esto es con elementos de convicción dignos de crédito, que el contribuyente intencionadamente incurrió en evasión, a fin de poder actuar la respuesta sancionatoria que prevé el art. 10, inc. 3º, de la Ley 16.244. No fue así lo que ocurrió en este caso, por lo que la aplicación de la multa cuestionada carece de sustento legal.
En conclusión, sólo quienes intencionalmente evadan sus obligaciones tributarias, deberán soportar el levantamiento del secreto bancario
El blog lista información relevante de Uruguay, útil para inversores y empresas residentes y no-residentes en el país (y extranjeros) que quieran realizar inversiones en Uruguay o utilizar la plaza local como plataforma para sus negocios internacionales. (by FDI: www.fdinternational.com)
lunes, 8 de noviembre de 2010
jueves, 4 de noviembre de 2010
Uruguay bien calificado por crear oportunidades para los emprendedores
Uruguay simplificó el trámite de registro de propiedades y se menciona al país por la creación de Empresa en el Día como una buena práctica.
Doce de las 20 economías en América Latina –entre ellas, Uruguay- reformaron su sistema de regulación de negocios para ampliar las oportunidades de las empresas locales, según el reporte Doing Business 2011: creando oportunidades para los emprendedores, octavo de una serie de informes anuales publicados por el Banco Mundial y la IFC, que proporciona una medición de las normas que regulan la actividad empresarial y su puesta en práctica en 183 economías.
Uruguay figura entre los países que han simplificado el registro de propiedades en el último año, según concluye el informe.
La mejora en el proceso de registro de una propiedad se debe a la eliminación por parte de Uruguay de un procedimiento por el cual se requería un trámite ante la Intendencia de Montevideo a la hora de vender un inmueble.
El informe reconoce también a Uruguay por impulsar la iniciativa Empresa en el Día, que permite a través de una ventanilla única constituir o inscribir una sociedad comercial (Sociedad Anónima o Sociedad de Responsabilidad Limitada) reduciendo significativamente el número de pasos, el tiempo y los costos asociados a la creación de una empresa.
No obstante, esta iniciativa no mejora la posición de Uruguay en el ranking Doing Business de este año, por ser reciente y no contar a la fecha de cierre del informe con un número de experiencias suficientes para evaluar su implementación. Uruguay también es mencionado en el reporte entre las siete economías que en los últimos seis años realizaron mejoras tributarias para las empresas.
El informe también hace referencia expresa al sistema judicial uruguayo, que cuenta con cortes comerciales especializados que por lo general permiten mejorar la rapidez con que se resuelven las disputas comerciales.
Si bien se reconocen reformas e iniciativas uruguayas como las antes mencionadas, el ranking destaca aquellos países que más reformas han realizado hasta el 1° de junio de este año.
En América Latina, países como Chile, México y Perú fueron más activos en la implementación de reformas que afectan los nueve indicadores que componen el índice, razón por la cual avanzan relativamente más que Uruguay, que ocupa el lugar 124° del ranking entre 183 países.
Cabe destacar que el reporte analiza una dimensión específica del clima de inversiones, en particular las regulaciones y su implementación. Sin embargo, existen otros factores relevantes para los potenciales inversores que evalúan a Uruguay como posible destino, tales como la estabilidad macroeconómica, la fortaleza institucional, ausencia de corrupción, la capacitación de los recursos humanos, los costos, la infraestructura y acceso a servicios esenciales, entre otros.
La región
Perú fue el país de la región que más mejoras introdujo en la regulación empresarial, lo que lo llevó al puesto 36° -diez puestos más arriba que el año pasado- entre 183 economías en el mundo en cuanto a facilidad para hacer negocios.
El progreso absoluto realizado por Uruguay en los últimos cinco años lo ubica en la posición número 13, entre 31 economías latinoamericanas consideradas.
Doce de las 20 economías en América Latina –entre ellas, Uruguay- reformaron su sistema de regulación de negocios para ampliar las oportunidades de las empresas locales, según el reporte Doing Business 2011: creando oportunidades para los emprendedores, octavo de una serie de informes anuales publicados por el Banco Mundial y la IFC, que proporciona una medición de las normas que regulan la actividad empresarial y su puesta en práctica en 183 economías.
Uruguay figura entre los países que han simplificado el registro de propiedades en el último año, según concluye el informe.
La mejora en el proceso de registro de una propiedad se debe a la eliminación por parte de Uruguay de un procedimiento por el cual se requería un trámite ante la Intendencia de Montevideo a la hora de vender un inmueble.
El informe reconoce también a Uruguay por impulsar la iniciativa Empresa en el Día, que permite a través de una ventanilla única constituir o inscribir una sociedad comercial (Sociedad Anónima o Sociedad de Responsabilidad Limitada) reduciendo significativamente el número de pasos, el tiempo y los costos asociados a la creación de una empresa.
No obstante, esta iniciativa no mejora la posición de Uruguay en el ranking Doing Business de este año, por ser reciente y no contar a la fecha de cierre del informe con un número de experiencias suficientes para evaluar su implementación. Uruguay también es mencionado en el reporte entre las siete economías que en los últimos seis años realizaron mejoras tributarias para las empresas.
El informe también hace referencia expresa al sistema judicial uruguayo, que cuenta con cortes comerciales especializados que por lo general permiten mejorar la rapidez con que se resuelven las disputas comerciales.
Si bien se reconocen reformas e iniciativas uruguayas como las antes mencionadas, el ranking destaca aquellos países que más reformas han realizado hasta el 1° de junio de este año.
En América Latina, países como Chile, México y Perú fueron más activos en la implementación de reformas que afectan los nueve indicadores que componen el índice, razón por la cual avanzan relativamente más que Uruguay, que ocupa el lugar 124° del ranking entre 183 países.
Cabe destacar que el reporte analiza una dimensión específica del clima de inversiones, en particular las regulaciones y su implementación. Sin embargo, existen otros factores relevantes para los potenciales inversores que evalúan a Uruguay como posible destino, tales como la estabilidad macroeconómica, la fortaleza institucional, ausencia de corrupción, la capacitación de los recursos humanos, los costos, la infraestructura y acceso a servicios esenciales, entre otros.
La región
Perú fue el país de la región que más mejoras introdujo en la regulación empresarial, lo que lo llevó al puesto 36° -diez puestos más arriba que el año pasado- entre 183 economías en el mundo en cuanto a facilidad para hacer negocios.
El progreso absoluto realizado por Uruguay en los últimos cinco años lo ubica en la posición número 13, entre 31 economías latinoamericanas consideradas.
Corriente inversora seguirá por lo menos tres años más
Banco Santander estima que los flujos de inversión hacia Uruguay continuarán por lo menos durante los próximos 3 años, según aseguró ayer su presidente y gerente general, Jorge Jourdan.
Santander. Directivos del banco se reunieron con la prensa. En la ocasión se anunció que Banco Santander Uruguay está considerado como uno de los 10 mejores bancos de América latina por la revista América Economía.
Jourdan dio a conocer algunas cifras sobre la realidad del banco, las cuales muestran un constante crecimiento de la institución, con la incorporación de nuevos productos. Uno de ellos es el de préstamos en Unidades Indexadas, donde esta institución tiene el 33% del mercado.
Jourdan dijo asimismo que el sistema bancario uruguayo en su totalidad es destacable en cuanto a su solidez,.
Santander Uruguay había ganado hasta setiembre de este año U$S 70 millones, teniendo depósitos por U$S 4.500 millones y una tasa de morosidad del 0,5%.
Dentro de las acciones de apoyo a Uruguay, Jourdan anunció que el 24 de noviembre se realizará una reunión auspiciada por el banco, entre inversores españoles y empresarios uruguayos, de diferentes áreas, entre ellas la construcción. Este encuentro se efectuará en Madrid.
Para Jourdan la corriente inversora seguirá llegando a Uruguay por lo menos durante tres años más.
Sobre el proyecto de ley que cambia las normas sobre el secreto bancario, el cual está en tratamiento en el Poder Legislativo, Jourdan indicó que han existido consultas por parte de los clientes del banco, pero sostuvo que "el avance en materia de transparencia es imparable" a nivel mundial, acotando que el dinero que está depositado en los bancos de Uruguay es "totalmente transparente".
Entre los 10 mejores
Santander Uruguay es uno de los mejores bancos de América Latina según el ranking de América Economía, se informó en la jornada de ayer por parte de directivos de la institución.
Banco Santander Uruguay se ubicó en el octavo puesto en el ranking de las 10 mejores instituciones financieras de América Latina que realiza la revista América Economía.
Es la primera vez que un banco uruguayo está entre los 25 primeros bancos, situación que muestra la solidez financiera de la institución que está alineada a las características del sistema financiero en Uruguay.
La publicación de América Economía da cuenta de los buenos resultados alcanzados por las instituciones bancarias de América Latina, en comparación con la situación que han atravesado los mercados financieros de las mayores economías del mundo.
Los criterios utilizados para la evaluación fueron suficiencia de capital, calidad del activo, gestión, ganancias y liquidez, y fue en base a ellos que Santander Uruguay obtuvo el octavo puesto en el ranking.
"Esta no solo es una buena noticia para Santander, sino para todo el país. Nunca antes Uruguay había estado representado en esta lista", expresó el presidente y gerente general de Santander Uruguay, Jorge Jourdan. "Para nosotros es un gran orgullo, pero sobre todo una gran responsabilidad y un gran compromiso por mantener y potenciar los niveles alcanzados".
La gestión de Santander en Uruguay entre 2009 y 2010 da cuenta de un crecimiento del 8,5% en dólares en su volumen de negocios y muestra que los ratios de retorno sobre capital alcanzaron un 16,3% y los de eficiencia un 58,6%, convirtiéndose en los mayores del sistema financiero uruguayo.
De este modo y a partir del balance de la institución, Santander se consolidó en Uruguay como el banco privado de mejor beneficio en el año, superando ampliamente la suma de las rentabilidades de todo el sistema privado.
A su vez, Santander es el grupo con mayor presencia en el ranking de América Economía, ya que su filial de Chile ocupa el primer lugar, la de México el quinto, la de Uruguay el octavo y la de Brasil el noveno.
Este desempeño demuestra la importancia de la gestión de Santander en Latinoamérica, región que ha aportado al Grupo el 42% de su beneficio.
La diversificación geográfica, estrategia sostenida de Santander, posibilita compensar el menor dinamismo que exhiben los países centrales con el empuje que muestran las economías latinoamericanas.
"Este reconocimiento, junto a los dos premios internacionales como mejor banco en Uruguay dan cuenta de la consistencia de su filosofía de gestión prudente y responsable, y de un accionar dinámico y decidido en los mercados en los que opera Santander", aseguró el presidente de la institución, Jorge Jourdan.
LOS 10 MEJORES BANCOS DE AMERICA LATINA
1. Santander Chile
2. Itaú Unibanco (Brasil)
3. Continental BBVA (Perú)
4. Bradesco (Brasil)
5. Santander México
6. Banco de Chile
7. Interbank (Perú)
8. Santander Uruguay
9. Santander Brasil
10. Industrial e Comercial (Brasil
Santander. Directivos del banco se reunieron con la prensa. En la ocasión se anunció que Banco Santander Uruguay está considerado como uno de los 10 mejores bancos de América latina por la revista América Economía.
Jourdan dio a conocer algunas cifras sobre la realidad del banco, las cuales muestran un constante crecimiento de la institución, con la incorporación de nuevos productos. Uno de ellos es el de préstamos en Unidades Indexadas, donde esta institución tiene el 33% del mercado.
Jourdan dijo asimismo que el sistema bancario uruguayo en su totalidad es destacable en cuanto a su solidez,.
Santander Uruguay había ganado hasta setiembre de este año U$S 70 millones, teniendo depósitos por U$S 4.500 millones y una tasa de morosidad del 0,5%.
Dentro de las acciones de apoyo a Uruguay, Jourdan anunció que el 24 de noviembre se realizará una reunión auspiciada por el banco, entre inversores españoles y empresarios uruguayos, de diferentes áreas, entre ellas la construcción. Este encuentro se efectuará en Madrid.
Para Jourdan la corriente inversora seguirá llegando a Uruguay por lo menos durante tres años más.
Sobre el proyecto de ley que cambia las normas sobre el secreto bancario, el cual está en tratamiento en el Poder Legislativo, Jourdan indicó que han existido consultas por parte de los clientes del banco, pero sostuvo que "el avance en materia de transparencia es imparable" a nivel mundial, acotando que el dinero que está depositado en los bancos de Uruguay es "totalmente transparente".
Entre los 10 mejores
Santander Uruguay es uno de los mejores bancos de América Latina según el ranking de América Economía, se informó en la jornada de ayer por parte de directivos de la institución.
Banco Santander Uruguay se ubicó en el octavo puesto en el ranking de las 10 mejores instituciones financieras de América Latina que realiza la revista América Economía.
Es la primera vez que un banco uruguayo está entre los 25 primeros bancos, situación que muestra la solidez financiera de la institución que está alineada a las características del sistema financiero en Uruguay.
La publicación de América Economía da cuenta de los buenos resultados alcanzados por las instituciones bancarias de América Latina, en comparación con la situación que han atravesado los mercados financieros de las mayores economías del mundo.
Los criterios utilizados para la evaluación fueron suficiencia de capital, calidad del activo, gestión, ganancias y liquidez, y fue en base a ellos que Santander Uruguay obtuvo el octavo puesto en el ranking.
"Esta no solo es una buena noticia para Santander, sino para todo el país. Nunca antes Uruguay había estado representado en esta lista", expresó el presidente y gerente general de Santander Uruguay, Jorge Jourdan. "Para nosotros es un gran orgullo, pero sobre todo una gran responsabilidad y un gran compromiso por mantener y potenciar los niveles alcanzados".
La gestión de Santander en Uruguay entre 2009 y 2010 da cuenta de un crecimiento del 8,5% en dólares en su volumen de negocios y muestra que los ratios de retorno sobre capital alcanzaron un 16,3% y los de eficiencia un 58,6%, convirtiéndose en los mayores del sistema financiero uruguayo.
De este modo y a partir del balance de la institución, Santander se consolidó en Uruguay como el banco privado de mejor beneficio en el año, superando ampliamente la suma de las rentabilidades de todo el sistema privado.
A su vez, Santander es el grupo con mayor presencia en el ranking de América Economía, ya que su filial de Chile ocupa el primer lugar, la de México el quinto, la de Uruguay el octavo y la de Brasil el noveno.
Este desempeño demuestra la importancia de la gestión de Santander en Latinoamérica, región que ha aportado al Grupo el 42% de su beneficio.
La diversificación geográfica, estrategia sostenida de Santander, posibilita compensar el menor dinamismo que exhiben los países centrales con el empuje que muestran las economías latinoamericanas.
"Este reconocimiento, junto a los dos premios internacionales como mejor banco en Uruguay dan cuenta de la consistencia de su filosofía de gestión prudente y responsable, y de un accionar dinámico y decidido en los mercados en los que opera Santander", aseguró el presidente de la institución, Jorge Jourdan.
LOS 10 MEJORES BANCOS DE AMERICA LATINA
1. Santander Chile
2. Itaú Unibanco (Brasil)
3. Continental BBVA (Perú)
4. Bradesco (Brasil)
5. Santander México
6. Banco de Chile
7. Interbank (Perú)
8. Santander Uruguay
9. Santander Brasil
10. Industrial e Comercial (Brasil
Senado aprobó cambios al secreto bancario
Con votos del oficialismo y Alianza Nacional, logró media sanción el proyecto que modifica el sistema tributarioSantander admitió que hay más consultas por secreto bancario, pero sin nerviosismoBordaberry: “Lacalle tenía razón cuando advirtió a los inversores”
Con los votos del Frente Amplio y Alianza Nacional (21 en 29 senadores presentes) el Senado aprobó este miércoles el proyecto de ley que flexibiliza el secreto bancario y grava con impuesto a la renta los intereses de los depósitos en el exterior de residentes en Uruguay.
El texto original fue modificado en negociaciones entre la bancada de gobierno y el sector que lidera Jorge Larrañaga. De acuerdo a la versión final, el juez “sólo” hará lugar a la solicitud para levantar el secreto bancario cuando la administración tributaria haya acreditado la existencia de “indicios objetivos” que “hagan presumir razonablemente” la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo, y “siempre” que la información solicitada resulte necesaria para la correcta determinación de adeudos tributarios o tipificación de infracciones.
El tema generó en el Senado un duro debate.
“El proyecto de reforma del secreto bancario se votará con seguridad esta semana y está motivado por la cooperación internacional”, dijo el ministro de Economía, Fernando Lorenzo, al defender el proyecto en Argentina en el marco de la cuarta Conferencia anual que organiza la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas (FIEL).
“Viene de las cosas que comenzaron a discutirse en 2008, en un contexto de mayor cooperación internacional y siguiendo los estándares del resto del mundo. Esto pese a que no nos parece bien que un par de países con mucha voz fijen esos estándares al resto de los que poco pueden hacerse oír y sin tener en cuenta sus consideraciones”, avanzó Lorenzo.
Estas medidas son tomadas a impulso de los reclamos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y con la finalidad de salir de la denominada “lista gris”.
Con los votos del Frente Amplio y Alianza Nacional (21 en 29 senadores presentes) el Senado aprobó este miércoles el proyecto de ley que flexibiliza el secreto bancario y grava con impuesto a la renta los intereses de los depósitos en el exterior de residentes en Uruguay.
El texto original fue modificado en negociaciones entre la bancada de gobierno y el sector que lidera Jorge Larrañaga. De acuerdo a la versión final, el juez “sólo” hará lugar a la solicitud para levantar el secreto bancario cuando la administración tributaria haya acreditado la existencia de “indicios objetivos” que “hagan presumir razonablemente” la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo, y “siempre” que la información solicitada resulte necesaria para la correcta determinación de adeudos tributarios o tipificación de infracciones.
El tema generó en el Senado un duro debate.
“El proyecto de reforma del secreto bancario se votará con seguridad esta semana y está motivado por la cooperación internacional”, dijo el ministro de Economía, Fernando Lorenzo, al defender el proyecto en Argentina en el marco de la cuarta Conferencia anual que organiza la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas (FIEL).
“Viene de las cosas que comenzaron a discutirse en 2008, en un contexto de mayor cooperación internacional y siguiendo los estándares del resto del mundo. Esto pese a que no nos parece bien que un par de países con mucha voz fijen esos estándares al resto de los que poco pueden hacerse oír y sin tener en cuenta sus consideraciones”, avanzó Lorenzo.
Estas medidas son tomadas a impulso de los reclamos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y con la finalidad de salir de la denominada “lista gris”.
miércoles, 3 de noviembre de 2010
42% de los clientes no residentes de bancos opera en el Interior
El 42% de los clientes de depósitos de los bancos que no son residentes tiene cuentas abiertas en el Interior del país mientras que el 58% restante opera en Montevideo, según se desprende del reporte de estabilidad financiera del Banco Central al cierre del primer semestre del año.
A junio había 44.810 clientes de depósitos no residentes en toda la banca uruguaya, esto es, el 3% de todos los clientes que suman 1.506.446.
Maldonado es el departamento que cuenta con mayor porcentaje de clientes no residentes con el 16% del total (7.207) mientras que los bancos de Colonia tienen depósitos del 15% de los clientes no residentes (6.779).
Le siguen en importancia, aunque en porcentajes mucho menores, los departamentos fronterizos: Salto con el 2,7% (1.229), Paysandú con el 2,6% (1.166) y Rivera con el 2,3% (1.073). Por el contrario, Lavalleja tiene apenas dos clientes de depósitos que no son residentes de la economía.
BANCARIZACIÓN. Los departamentos de Cerro Largo, Artigas y Rivera son los menos bancarizados del país mientras que Montevideo es el que muestra por lejos los mayores guarismos del país al cierre del primer semestre del año, según datos del Banco Central.
A nivel de todo el país, el grado de bancarización, esto es, el número de clientes residentes cada 1.000 habitantes, es de 451. En Montevideo esa cifra llega a los 731, lo que casi triplica la cifra observada en el Interior que apenas alcanza a 257, según el último informe de Estabilidad Financiera de la autoridad monetaria. Hay que tomar en cuenta que el número de clientes hace referencia a la cantidad de clientes/institución por lo que cuenta más de una vez a una persona que mantenga cuentas de depósitos en más de un banco.
En este sentido, Cerro Largo muestra un grado de bancarización de 165, Artigas de 182 y Rivera de 186. A estos le siguen Canelones (202), Treinta y Tres (210), San José (211), Florida (235), Lavalleja (237), Durazno (244), Paysandú (260), Salto (261), Río Negro (267), Tacuarembó (280), Soriano (283), Rocha (298), Flores (313), Colonia (412), Maldonado (476).
Durante el primer semestre del año el número de clientes de depósitos totales del sistema se incrementó en 105.719, lo que significó una suba en el grado de bancarización de 33 clientes residentes por cada 1.000 habitantes.
A junio había 44.810 clientes de depósitos no residentes en toda la banca uruguaya, esto es, el 3% de todos los clientes que suman 1.506.446.
Maldonado es el departamento que cuenta con mayor porcentaje de clientes no residentes con el 16% del total (7.207) mientras que los bancos de Colonia tienen depósitos del 15% de los clientes no residentes (6.779).
Le siguen en importancia, aunque en porcentajes mucho menores, los departamentos fronterizos: Salto con el 2,7% (1.229), Paysandú con el 2,6% (1.166) y Rivera con el 2,3% (1.073). Por el contrario, Lavalleja tiene apenas dos clientes de depósitos que no son residentes de la economía.
BANCARIZACIÓN. Los departamentos de Cerro Largo, Artigas y Rivera son los menos bancarizados del país mientras que Montevideo es el que muestra por lejos los mayores guarismos del país al cierre del primer semestre del año, según datos del Banco Central.
A nivel de todo el país, el grado de bancarización, esto es, el número de clientes residentes cada 1.000 habitantes, es de 451. En Montevideo esa cifra llega a los 731, lo que casi triplica la cifra observada en el Interior que apenas alcanza a 257, según el último informe de Estabilidad Financiera de la autoridad monetaria. Hay que tomar en cuenta que el número de clientes hace referencia a la cantidad de clientes/institución por lo que cuenta más de una vez a una persona que mantenga cuentas de depósitos en más de un banco.
En este sentido, Cerro Largo muestra un grado de bancarización de 165, Artigas de 182 y Rivera de 186. A estos le siguen Canelones (202), Treinta y Tres (210), San José (211), Florida (235), Lavalleja (237), Durazno (244), Paysandú (260), Salto (261), Río Negro (267), Tacuarembó (280), Soriano (283), Rocha (298), Flores (313), Colonia (412), Maldonado (476).
Durante el primer semestre del año el número de clientes de depósitos totales del sistema se incrementó en 105.719, lo que significó una suba en el grado de bancarización de 33 clientes residentes por cada 1.000 habitantes.
Flexibilización del secreto bancario se votará en el Parlamento
El proyecto de ley que será puesto a consideración en el Senado grava con Impuesto a la Renta a los activos mobiliarios que residentes nacionales tienen en el exterior. El ministro de Economía, Fernando Lorenzo defendió el proyecto en Argentina
Este miércoles se votará en la Cámara de Senadores el proyecto de ley que flexibiliza el secreto bancario. La nueva normativa grava con el Impuesto a la Renta a los activos mobiliarios que residentes nacionales tienen en el exterior.
El proyecto sería aprobado con los votos del Frente Amplio (FA). El texto original fue modificado en negociaciones entre la bancada de gobierno y el sector que lidera Jorge Larrañaga. De acuerdo a la versión final, el juez “sólo” hará lugar a la solicitud para levantar el secreto bancario cuando la administración tributaria haya acreditado la existencia de “indicios objetivos” que “hagan presumir razonablemente” la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo, y “siempre” que la información solicitada resulte necesaria para la correcta determinación de adeudos tributarios o tipificación de infracciones.
“El proyecto de reforma del secreto bancario se votará con seguridad esta semana y está motivado por la cooperación internacional”, dijo el ministro de Economía, Fernando Lorenzo, al defender el proyecto en Argentina en el marco de la cuarta Conferencia anual que organiza la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas (FIEL).
“Viene de las cosas que comenzaron a discutirse en 2008, en un contexto de mayor cooperación internacional y siguiendo los estándares del resto del mundo. Esto pese a que no nos parece bien que un par de países con mucha voz fijen esos estándares al resto de los que poco pueden hacerse oír y sin tener en cuenta sus consideraciones”, avanzó Lorenzo.
Estas medidas son tomadas a impulso de los reclamos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y con la finalidad de salir de la denominada “lista gris”.
Desde la oposición se critica la iniciativa. El senador blanco Francisco Gallinal (Correntada Wilsonista) dijo a Observa que la iniciativa es un “perjuicio” para la economía. El legislador –que informará y votará en contra- considera que la medida es preocupante para los residentes extranjeros y alertó por la retirada de depósitos. Para Gallinal las mejoras que negociaron Alianza con el FA perfeccionan el proyecto, pero no alcanza para que lo acompañe
Este miércoles se votará en la Cámara de Senadores el proyecto de ley que flexibiliza el secreto bancario. La nueva normativa grava con el Impuesto a la Renta a los activos mobiliarios que residentes nacionales tienen en el exterior.
El proyecto sería aprobado con los votos del Frente Amplio (FA). El texto original fue modificado en negociaciones entre la bancada de gobierno y el sector que lidera Jorge Larrañaga. De acuerdo a la versión final, el juez “sólo” hará lugar a la solicitud para levantar el secreto bancario cuando la administración tributaria haya acreditado la existencia de “indicios objetivos” que “hagan presumir razonablemente” la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo, y “siempre” que la información solicitada resulte necesaria para la correcta determinación de adeudos tributarios o tipificación de infracciones.
“El proyecto de reforma del secreto bancario se votará con seguridad esta semana y está motivado por la cooperación internacional”, dijo el ministro de Economía, Fernando Lorenzo, al defender el proyecto en Argentina en el marco de la cuarta Conferencia anual que organiza la Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas (FIEL).
“Viene de las cosas que comenzaron a discutirse en 2008, en un contexto de mayor cooperación internacional y siguiendo los estándares del resto del mundo. Esto pese a que no nos parece bien que un par de países con mucha voz fijen esos estándares al resto de los que poco pueden hacerse oír y sin tener en cuenta sus consideraciones”, avanzó Lorenzo.
Estas medidas son tomadas a impulso de los reclamos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y con la finalidad de salir de la denominada “lista gris”.
Desde la oposición se critica la iniciativa. El senador blanco Francisco Gallinal (Correntada Wilsonista) dijo a Observa que la iniciativa es un “perjuicio” para la economía. El legislador –que informará y votará en contra- considera que la medida es preocupante para los residentes extranjeros y alertó por la retirada de depósitos. Para Gallinal las mejoras que negociaron Alianza con el FA perfeccionan el proyecto, pero no alcanza para que lo acompañe
Depósitos en el exterior podrán quedar fuera del alcance de DGI
Reforma tributaria. El Senado vota hoy proyecto que grava renta mundial | Compromiso obliga a firmar acuerdos de transparencia fiscal
La reforma tributaria se expone hoy al primer cambio sustancial desde su aprobación en 2007, en un proyecto que ha generado controversias al abrir una brecha en un baluarte tradicional uruguayo: el secreto bancario.
La nueva reforma tributaria que hoy se votará en el Senado, y que contempla en su disposición final el levantamiento del secreto bancario a solicitud de la DGI, no va a afectar necesariamente a los grandes capitales colocados en el exterior pero emitirá señales positivas para permitir a Uruguay salir de la "lista gris" de la OCDE (ver nota aparte).
Luego de un acuerdo entre los principales actores del Gobierno y el sector del Partido Nacional liderado por Jorge Larrañaga -acuerdo que modificó el proyecto original para dotar de mayores garantías al contribuyente-, el Poder Ejecutivo obtuvo un apoyo más amplio para su iniciativa, aunque el resto de los sectores de oposición (Unidad Nacional, de Luis Alberto Laca-lle, y el Partido Colorado en pleno) ya han manifestado su rechazo a la ley.
Expertos tributarios, empresarios y operadores que administran inversiones financieras tienen visiones contrapuestas sobre el proyecto; unos resaltan la "mayor justicia tributaria" que implica, otros alertan sobre los "riesgos" del avance de la DGI sobre el bolsillo de los ciudadanos y las "malas señales" que se trasmiten hacia el exterior del país.
Para Ángel Urraburu, presidente de la Bolsa de Valores de Montevideo, "el proyecto original era bueno, y con las modificaciones mejoro aun más".
Urraburu sostiene que "en la ley madre de la reforma impositiva (2007) había una falencia ya que no se gravaban los depósitos en el exterior, lo que alentaba a los ahorristas a retirar su dinero al extranjero. Me parece correcto que, a partir de esta ley, no haya una puerta enorme de salida para los capitales que buscan evadir impuestos".
Otras fuentes bancarias, sin embargo, advierten que habrá dificultades para gravar efectivamente las rentas de colocaciones en el exterior, ya que la DGI no podrá acceder a las cuentas individuales en países con los que no haya firmado convenios de intercambio de información.
UN MILLÓN. "Si un cliente viene al banco con un millón de dólares y pide que se le coloque el dinero en un banco de Nueva York, por ejemplo, para la DGI no será posible acceder a esa información puesto que en Uruguay no constan registros de esa cuenta ni de sus movimientos. Como Uruguay no tiene un convenio con Estados Unidos, la DGI se ve imposibilitada de actuar", expresó una fuente que prefirió mantener el anonimato.
La dificultad para gravar esas rentas también radica en que la ley no prevé un "agente de retención" para el control de las operaciones en el exterior.
La operativa de la banca offshore, por otro lado, tampoco se verá afectada por esa misma razón. Hay que precisar que estas instituciones financieras externas sólo pueden operar con no residentes.
El levantamiento del secreto bancario, mediante autorización judicial y por solicitud fundada de la DGI, podrá hacerse exclusivamente sobre depósitos radicados en Uruguay.
El secreto que ampara las operaciones bursátiles tampoco se ve afectado por el proyecto, a juicio del abogado tributarista Leonardo Costa.
El ex prosecretario de la Presidencia (2000-2005) considera que "se han mejorado los aspectos más criticables del proyecto original; no se gravará el incremento de capital (ganancias obtenidas por la diferencia de precio en la venta de activos), se permitirá acreditar los impuestos pagados en el exterior y se mejorarán las garantías para el resguardo del secreto bancario".
Sin embargo, Costa entiende que las exigencias de la OCDE para aprobar intercambio de información tributaria no obligaba a modificar la política uruguaya en materia impositiva. "Esto se hizo por exclusiva voluntad del Gobierno".
En relación con los cambios introducidos en la normativa del secreto bancario, Costa afirma que "ahí tenemos todo para perder y nada para ganar".
Costa entiende que los convenios de intercambio de información tributaria "deben realizarse salvaguardando los intereses del país", y afirma que Argentina sería "la última de las opciones".
Algunas fuentes consultadas por El País ven que esta ley, que contempla el acceso de información bancaria por parte de Estados extranjeros, "abre una puerta a la arremetida de Argentina para acceder a las cuentas de sus ciudadanos en nuestro país", y que "tarde o temprano lo exigirá a cambio de contrapartidas".
Costa advierte que "las contrapartidas comerciales se dan y se quitan, pero el secreto bancario, como la virginidad, se entrega una única vez y no hay vuelta atrás".
No ve tan claros cuáles son los beneficios concretos que obtendría Uruguay del hecho de salir de la "lista gris", al igual que Ignacio de Posadas.
El abogado y ex ministro de Economía nacionalista ve las orejas al lobo en este proyecto. "El error está en que modifica una norma que viene de antiguo -la fuente del gravamen- y da señales negativas sobre el secreto bancario, que es una tradición respetada; además, corre al inversor que apuesta a radicarse en Uruguay para prestar servicios al exterior, lo cual es como pegarse un tiro en los pies".
Exponen Michelini y Da Rosa
Los senadores Rafael Michelini, del Nuevo Espacio, y Eber Da Rosa, de Alianza Nacional, serán los miembros informantes del proyecto que se votará hoy en el Senado. Da Rosa fue el principal interlocutor blanco en las negociaciones con el gobierno que permitieron modificar los aspectos más polémicos del texto, referidos al levantamiento del secreto bancario. El senador aliancista expondrá precisamente sobre esta disposición.
Sobre el secreto bancario
Artículo 54
El inciso 3 del artículo que trata el levantamiento del secreto bancario fue modificado tras el acuerdo entre el Gobierno y el sector Alianza Nacional, quedando redactado de esta manera (cambios en negrita):
"Se podrá levantar el secreto bancario por resolución judicial cuando el Director General de Rentas (antes, la DGI) en el ejercicio de las facultades fiscalizadoras de la Dirección General Impositiva y respecto de obligaciones tributarias no prescriptas, solicite en forma expresa y fundada ante los Juzgados Letrados de Primera Instancia con competencia en materia civil, toda la información relativa a las operaciones bancarias de personas físicas o jurídicas determinadas. (...) El Juez sólo hará lugar a la solicitud cuando la administración tributaria haya acreditado la existencia de indicios objetivos que hagan presumir razonablemente la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo, y siempre que la información solicitada resulte necesaria para la correcta determinación de adeudos tributarios o la tipificación de infracciones.
Convenios
El proyecto establece que "la misma información, podrá ser solicitada por la administración tributaria, en cumplimiento de solicitudes expresas y fundadas por parte de la autoridad competente de un Estado extranjero, exclusivamente en el marco de convenios internacionales ratificados por la República en materia de intercambio de información o para evitar la doble imposición".
Apelación
El nuevo texto agrega: "El Juez dictará sentencia haciendo lugar o denegando la solicitud de levantamiento del secreto bancario, a cuyos efectos tendrá en consideración la prueba diligenciada y todas las circunstancias del caso. La sentencia será apelable por cualquiera de las partes. El recurso de apelación tendrá efecto suspensivo de la providencia impugnada".
Uruguay a medio camino para salir de la "lista gris" de la OCDE
La "lista gris" es una suerte de limbo donde se encuentran los países que, a juicio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, no han implementado los estándares internacionales sobre trasparencia en materia fiscal, aunque se hayan comprometido a hacerlo.
El requisito para salir de esa lista es firmar acuerdos de intercambio de información fiscal con 12 estados; Uruguay ya ha firmado -aunque no ha ratificado aún- media docena de convenios, con México (único ratificado hasta ahora), España, Portugal, Francia, Alemania y Suiza.
Países de la OCDE han amenazado a las empresas con inversiones en "paraísos fiscales" que gravarán sus ganancias con mayores impuestos.
Así, algunos territorios considerados tradicionalmente "paraísos", como Mónaco o Bahamas, han logrado librarse de ese descrédito firmando los acuerdos necesarios.
Mónaco, por ejemplo, firmó acuerdos de trasparencia impositiva con Andorra, Bahamas, Liechtenstein, Luxemburgo, Qatar, Samoa, San Marino, Groenlandia y las Islas Feroe, países que no presentan riesgos mayores de extralimitarse en sus demandas fiscales.
Los pasos dados hasta ahora por Uruguay han sido del agrado de la OCDE, que en abril de 2009 retiró a Uruguay de la "lista negra" y la colocó en la gris, tras el compromiso de incorporar formalmente las normas de transparencia.
En diciembre de 2009, la organización capitaneada por los países del G20 retiró de la "lista gris" a Chile, uno de los pocos países del continente que estaba incluido, con Uruguay.
El proyecto de reforma tributaria que hoy se vota en el Senado atiende, en parte, los requerimientos de la OCDE, pero el grueso de su articulado está destinado a extender el IRPF (abarcando las rentas de fuente internacional) y a acentuar las potestades de la DGI para controlar a los evasores.
La cifra
12 convenios de intercambio de información fiscal debe firmar Uruguay para salir de la "lista gris". Hasta ahora firmó seis.
La reforma tributaria se expone hoy al primer cambio sustancial desde su aprobación en 2007, en un proyecto que ha generado controversias al abrir una brecha en un baluarte tradicional uruguayo: el secreto bancario.
La nueva reforma tributaria que hoy se votará en el Senado, y que contempla en su disposición final el levantamiento del secreto bancario a solicitud de la DGI, no va a afectar necesariamente a los grandes capitales colocados en el exterior pero emitirá señales positivas para permitir a Uruguay salir de la "lista gris" de la OCDE (ver nota aparte).
Luego de un acuerdo entre los principales actores del Gobierno y el sector del Partido Nacional liderado por Jorge Larrañaga -acuerdo que modificó el proyecto original para dotar de mayores garantías al contribuyente-, el Poder Ejecutivo obtuvo un apoyo más amplio para su iniciativa, aunque el resto de los sectores de oposición (Unidad Nacional, de Luis Alberto Laca-lle, y el Partido Colorado en pleno) ya han manifestado su rechazo a la ley.
Expertos tributarios, empresarios y operadores que administran inversiones financieras tienen visiones contrapuestas sobre el proyecto; unos resaltan la "mayor justicia tributaria" que implica, otros alertan sobre los "riesgos" del avance de la DGI sobre el bolsillo de los ciudadanos y las "malas señales" que se trasmiten hacia el exterior del país.
Para Ángel Urraburu, presidente de la Bolsa de Valores de Montevideo, "el proyecto original era bueno, y con las modificaciones mejoro aun más".
Urraburu sostiene que "en la ley madre de la reforma impositiva (2007) había una falencia ya que no se gravaban los depósitos en el exterior, lo que alentaba a los ahorristas a retirar su dinero al extranjero. Me parece correcto que, a partir de esta ley, no haya una puerta enorme de salida para los capitales que buscan evadir impuestos".
Otras fuentes bancarias, sin embargo, advierten que habrá dificultades para gravar efectivamente las rentas de colocaciones en el exterior, ya que la DGI no podrá acceder a las cuentas individuales en países con los que no haya firmado convenios de intercambio de información.
UN MILLÓN. "Si un cliente viene al banco con un millón de dólares y pide que se le coloque el dinero en un banco de Nueva York, por ejemplo, para la DGI no será posible acceder a esa información puesto que en Uruguay no constan registros de esa cuenta ni de sus movimientos. Como Uruguay no tiene un convenio con Estados Unidos, la DGI se ve imposibilitada de actuar", expresó una fuente que prefirió mantener el anonimato.
La dificultad para gravar esas rentas también radica en que la ley no prevé un "agente de retención" para el control de las operaciones en el exterior.
La operativa de la banca offshore, por otro lado, tampoco se verá afectada por esa misma razón. Hay que precisar que estas instituciones financieras externas sólo pueden operar con no residentes.
El levantamiento del secreto bancario, mediante autorización judicial y por solicitud fundada de la DGI, podrá hacerse exclusivamente sobre depósitos radicados en Uruguay.
El secreto que ampara las operaciones bursátiles tampoco se ve afectado por el proyecto, a juicio del abogado tributarista Leonardo Costa.
El ex prosecretario de la Presidencia (2000-2005) considera que "se han mejorado los aspectos más criticables del proyecto original; no se gravará el incremento de capital (ganancias obtenidas por la diferencia de precio en la venta de activos), se permitirá acreditar los impuestos pagados en el exterior y se mejorarán las garantías para el resguardo del secreto bancario".
Sin embargo, Costa entiende que las exigencias de la OCDE para aprobar intercambio de información tributaria no obligaba a modificar la política uruguaya en materia impositiva. "Esto se hizo por exclusiva voluntad del Gobierno".
En relación con los cambios introducidos en la normativa del secreto bancario, Costa afirma que "ahí tenemos todo para perder y nada para ganar".
Costa entiende que los convenios de intercambio de información tributaria "deben realizarse salvaguardando los intereses del país", y afirma que Argentina sería "la última de las opciones".
Algunas fuentes consultadas por El País ven que esta ley, que contempla el acceso de información bancaria por parte de Estados extranjeros, "abre una puerta a la arremetida de Argentina para acceder a las cuentas de sus ciudadanos en nuestro país", y que "tarde o temprano lo exigirá a cambio de contrapartidas".
Costa advierte que "las contrapartidas comerciales se dan y se quitan, pero el secreto bancario, como la virginidad, se entrega una única vez y no hay vuelta atrás".
No ve tan claros cuáles son los beneficios concretos que obtendría Uruguay del hecho de salir de la "lista gris", al igual que Ignacio de Posadas.
El abogado y ex ministro de Economía nacionalista ve las orejas al lobo en este proyecto. "El error está en que modifica una norma que viene de antiguo -la fuente del gravamen- y da señales negativas sobre el secreto bancario, que es una tradición respetada; además, corre al inversor que apuesta a radicarse en Uruguay para prestar servicios al exterior, lo cual es como pegarse un tiro en los pies".
Exponen Michelini y Da Rosa
Los senadores Rafael Michelini, del Nuevo Espacio, y Eber Da Rosa, de Alianza Nacional, serán los miembros informantes del proyecto que se votará hoy en el Senado. Da Rosa fue el principal interlocutor blanco en las negociaciones con el gobierno que permitieron modificar los aspectos más polémicos del texto, referidos al levantamiento del secreto bancario. El senador aliancista expondrá precisamente sobre esta disposición.
Sobre el secreto bancario
Artículo 54
El inciso 3 del artículo que trata el levantamiento del secreto bancario fue modificado tras el acuerdo entre el Gobierno y el sector Alianza Nacional, quedando redactado de esta manera (cambios en negrita):
"Se podrá levantar el secreto bancario por resolución judicial cuando el Director General de Rentas (antes, la DGI) en el ejercicio de las facultades fiscalizadoras de la Dirección General Impositiva y respecto de obligaciones tributarias no prescriptas, solicite en forma expresa y fundada ante los Juzgados Letrados de Primera Instancia con competencia en materia civil, toda la información relativa a las operaciones bancarias de personas físicas o jurídicas determinadas. (...) El Juez sólo hará lugar a la solicitud cuando la administración tributaria haya acreditado la existencia de indicios objetivos que hagan presumir razonablemente la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo, y siempre que la información solicitada resulte necesaria para la correcta determinación de adeudos tributarios o la tipificación de infracciones.
Convenios
El proyecto establece que "la misma información, podrá ser solicitada por la administración tributaria, en cumplimiento de solicitudes expresas y fundadas por parte de la autoridad competente de un Estado extranjero, exclusivamente en el marco de convenios internacionales ratificados por la República en materia de intercambio de información o para evitar la doble imposición".
Apelación
El nuevo texto agrega: "El Juez dictará sentencia haciendo lugar o denegando la solicitud de levantamiento del secreto bancario, a cuyos efectos tendrá en consideración la prueba diligenciada y todas las circunstancias del caso. La sentencia será apelable por cualquiera de las partes. El recurso de apelación tendrá efecto suspensivo de la providencia impugnada".
Uruguay a medio camino para salir de la "lista gris" de la OCDE
La "lista gris" es una suerte de limbo donde se encuentran los países que, a juicio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, no han implementado los estándares internacionales sobre trasparencia en materia fiscal, aunque se hayan comprometido a hacerlo.
El requisito para salir de esa lista es firmar acuerdos de intercambio de información fiscal con 12 estados; Uruguay ya ha firmado -aunque no ha ratificado aún- media docena de convenios, con México (único ratificado hasta ahora), España, Portugal, Francia, Alemania y Suiza.
Países de la OCDE han amenazado a las empresas con inversiones en "paraísos fiscales" que gravarán sus ganancias con mayores impuestos.
Así, algunos territorios considerados tradicionalmente "paraísos", como Mónaco o Bahamas, han logrado librarse de ese descrédito firmando los acuerdos necesarios.
Mónaco, por ejemplo, firmó acuerdos de trasparencia impositiva con Andorra, Bahamas, Liechtenstein, Luxemburgo, Qatar, Samoa, San Marino, Groenlandia y las Islas Feroe, países que no presentan riesgos mayores de extralimitarse en sus demandas fiscales.
Los pasos dados hasta ahora por Uruguay han sido del agrado de la OCDE, que en abril de 2009 retiró a Uruguay de la "lista negra" y la colocó en la gris, tras el compromiso de incorporar formalmente las normas de transparencia.
En diciembre de 2009, la organización capitaneada por los países del G20 retiró de la "lista gris" a Chile, uno de los pocos países del continente que estaba incluido, con Uruguay.
El proyecto de reforma tributaria que hoy se vota en el Senado atiende, en parte, los requerimientos de la OCDE, pero el grueso de su articulado está destinado a extender el IRPF (abarcando las rentas de fuente internacional) y a acentuar las potestades de la DGI para controlar a los evasores.
La cifra
12 convenios de intercambio de información fiscal debe firmar Uruguay para salir de la "lista gris". Hasta ahora firmó seis.
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