La identificación alcanzará a empresas registradas a nivel local.
El Ministerio de Economía aceptó la sugerencia de que sea el Banco Central la entidad encargada de recabar la información de los titulares de sociedades anónimas con acciones al portador, en lugar de la Auditoría Interna de la Nación (AIN) como estaba previsto en el borrador inicial.
La propuesta había sido presentada por el senador del Partido Nacional, Jorge Larrañaga, y fue finalmente incluida en el texto normativo que el ministro Fernando Lorenzo presentó ayer ante los legisladores de la Comisión de Hacienda de Diputados.
La iniciativa legal también incorpora un régimen de sanciones para los funcionarios de la institución que "violenten la obligación de guardar reserva" sobre los datos, agrega la exposición de motivos del proyecto.
El texto presentado, al que accedió El Observador, establece además que la responsabilidad de identificar a los titulares "en los casos en que exista una cadena de propiedad" de las empresas, se limitará exclusivamente a los propietarios cuya información se encuentre bajo el control de entidades que se hallen en la jurisdicción nacional, lo que cumple con "los estándares internacionales".
Eso significa que si una sociedad local es propiedad de otra radicada fuera de la jurisdicción nacional, el Estado no estará obligado a llegar a la identificación final de los titulares.
Deberán integrar el registro del Banco Central "los propietarios de títulos de participación patrimonial al portador emitidos por sociedades anónimas, en comandita por acciones, asociaciones agrarias y cualquier otra entidad residente", como fideicomisos o fondos de inversión, según dispone el primer artículo del proyecto.
La información deberá identificar al propietario y al tenedor, custodio o mandatario que ejerza poderes de representación –en caso de que existan–, además del valor nominal de las acciones y demás títulos al portador.
Los propietarios de participaciones patrimoniales emitidas por entidades no residentes también estarán obligados a identificarse si las mismas desarrollan actividades en Uruguay que exijan la inscripción ante el Registro Nacional de Comercio.
Podrán acceder a la información que recabe el BCU la Dirección General Impositiva (DGI)
–ante una solicitud encuadrada en una actuación inspectiva o para cumplir con la solicitud de un fisco extranjero–; además de la Unidad de Información y Análisis Financiero del BCU, la Secretaría Nacional Antilavado de Activos y las sedes penales del Poder Judicial.
Además, los legisladores plantearon ayer que también se incluya entre las entidades habilitadas la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep), y los Juzgados Civiles, informó el diputado Alfredo Asti. El pedido busca equiparar las potestades extendidas a organismos del exterior para usos netamente locales, como cuando se requiere, por ejemplo, identificar la solvencia patrimonial ante demandadas por pensiones alimenticias o para investigaciones de personas sospechadas enriquecimiento ilícito, complementó Asti.
Sanciones.
La información deberá ser transmitida a través de declaración jurada. Toda vez que se modifiquen las participaciones accionarias se deberá comunicar de forma obligatoria al Banco Central.
En el texto se establece también la obligación de reserva para los funcionarios encargados de recabar la información, bajo sanciones que pueden ir de tres meses de prisión a tres años de penitenciaría, equiparables a la violación del secreto bancario.
Ante incumplimientos por parte de los propietarios a informar de sus participaciones, se sancionará al involucrado con la imposibilidad de ejercer su derecho en el cobro como beneficiario de las participaciones patrimoniales (dividendos), además de la aplicación de una multa por "hasta cien veces el máximo de multa por contravención establecida en el artículo 95 del Código Tributario", que equivale actualmente a unos $ 157.000.
La misma multa aplicará a las entidades emisoras y sus representantes, junto con la imposibilidad de pagar dividendos o utilidades, recesos o resultados de liquidación de la sociedad. Si se produce alguna de estas acciones, la multa máxima será equivalente al monto distribuido indebidamente, reza el artículo ocho del proyecto.
Fuente: http://www.elobservador.com.uy/noticia/222112/bcu-se-encargara-del-registro-de-titulares-de-acciones-al-portador/
El blog lista información relevante de Uruguay, útil para inversores y empresas residentes y no-residentes en el país (y extranjeros) que quieran realizar inversiones en Uruguay o utilizar la plaza local como plataforma para sus negocios internacionales. (by FDI: www.fdinternational.com)
lunes, 16 de abril de 2012
jueves, 12 de abril de 2012
Dueños de acciones al portador no podrán ocultarse tras testaferros.
Acciones al portador. Enviaron proyecto de ley al Parlamento. BCU será depositario de datos. Deberá haber un registro de estados contables. Fijan sanciones a quien revele datos sin permiso.
El gobierno envió al Parlamento la tercera versión de un proyecto de ley que identifica a titulares de acciones o fideicomisos al portador. El registro de los datos estará en el Banco Central y se puso un mecanismo para evitar el uso de testaferros.
El 28 de diciembre pasado el Ministerio de Economía envió un primer proyecto al Parlamento que fue muy criticado por expertos tributaristas, cámaras empresariales y la oposición, ante lo cual decidió retirarlo. En marzo armó otro ante-proyecto que se lo presentó a gremiales empresariales, tributaristas y los partidos políticos para recibir sugerencias.
Esa segunda versión "sufrió ajustes y mejoras", dijo ayer el ministro de Economía, Fernando Lorenzo en su comparecencia en la Comisión de Hacienda de Diputados, según el audio de la reunión al que accedió El País. La tercera versión del proyecto, que ingresó al Parlamento, establece que el Banco Central (BCU) sea el depositario de los datos de "los propietarios de títulos al portador, emitidos por sociedades anónimas, en comandita por acciones, asociaciones agrarias y cualquier otra entidad residente".
A diferencia de los títulos nominativos, en las acciones o fideicomisos al portador, ningún organismo conoce quienes son sus propietarios. Con el proyecto esto deja de ser así, ya que los propietarios deben presentar a la entidad que emitió el título los datos que permitan su identificación a través de una declaración jurada. Esa entidad luego debe elevar al BCU una declaración jurada que contenga los datos que los propietarios informaron.
También deberán informar al Central los propietarios de participaciones emitidas por entidades "no residentes que desarrollen actividades" en el país y que por ello estén sujetas a la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Comercio. A juicio de tributaristas consultados por El País el nuevo texto es mejor que las versiones anteriores, cuando el registro iba a estar en la Dirección General Impositiva (DGI) o en la Auditoría Interna de la Nación. Por otro lado, difieren sobre qué propietarios de entidades no residentes estarán obligados a dar sus datos y cuáles no (ver nota aparte).
El registro de los datos de propietarios de títulos al portador tendrá carácter reservado y para asegurarlo se establecen "iguales sanciones que las aplicables ante violaciones al secreto bancario" dice la exposición de motivos. Esto es tres meses de prisión a tres años de penitenciaria.
"TEXTO PARCO". En el nuevo texto, se eliminan varios aspectos incluidos en el primer proyecto que no tenían que ver con el cumplimiento de las recomendaciones que emitió el Foro Global de Transparencia Fiscal a Uruguay luego que no pasara la Fase I de la revisión entre pares. Lorenzo dijo en la comisión que el proyecto presentado busca "adaptar nuestro marco jurídico en lo necesario y lo más parco posible para cumplir" con los estándares de cooperación internacional "en el marco del interés nacional".
El texto incluye un ajuste respecto a los anteriores que es que "en los casos en que se verifique desmembramiento de dominio, la información deberá comprender tanto al nudo propietario como al usufructuario".
En la exposición de motivos de la iniciativa se indica que en "casos en que exista una cadena de propiedad" esto "asegura la identificación de las personas que integran dicha cadena" y evita que un propietario pueda esconderse tras un testaferro. A juicio del tributarista Carlos Loaiza (socio del estudio Sanguinetti/Foderé) es una norma "antielusiva" con la que se logra que si el propietario de una acción es uno pero el usufructo de la misma lo tiene otro, no se pueda evitar el registro "con un tecnicismo".
Las sociedades que coticen títulos al portador en Bolsas de Valores nacionales e internacionales estarán exoneradas de presentar datos y si una sociedad cambia de títulos al portador a nominativos también.
El proyecto establece sanciones para aquellos que incumplan con presentar la información requerida al BCU. Entre otros aspectos no podrán cobrar utilidades de la sociedad y serán multados por hasta 100 veces el valor máximo de la multa por contravención, esto es $ 440.000. Para el tributarista Leonardo Costa son "desproporcionadas las sanciones con el objetivo buscado".
DGI SÍ O NO. Si bien el registro en el BCU es reservado, habrá acceso restringido a algunos organismos. La DGI podrá hacerlo "siempre que tal información se solicite una vez que se haya iniciado formalmente una actuación inspectiva vinculada a sujetos pasivos determinados" o para cumplir con "solicitudes expresas y fundadas" por una administración tributaria extranjera en el marco de los convenios de intercambio de información que firmó Uruguay.
En la comparecencia del ministro de Economía, los diputados nacionalistas Pablo Abdala y Jorge Gandini y el del partido Independiente, Iván Posada plantearon algunos cuestionamientos respecto a cómo accede la DGI.
Lorenzo dijo que se buscó "alinear lo que tiene derecho cualquier administración tributaria extranjera a lo que tiene derecho nuestra administración tributaria", ya que si la DGI no pudiera acceder a datos del registro en esos casos sería "un desbalance" que "debilitaría" al organismo. "¡Vaya si algo que le damos a un fisco extranjero, no se lo vamos a dar a nuestra propia administración tributaria!", exclamó.
Ante ello, Posada propuso agregar al texto que el acceso de DGI sea en el marco de una "resolución fundada". El ministro respondió que "ir por ese camino y adaptar la redacción podría ser una alternativa", aunque agregó que "habría que ver quién evalúa qué tiene fundamentos".
También podrán acceder a los datos la Unidad de Información y Análisis Financiero del BCU y la Secretaría Nacional Antilavado de Activos en casos relacionados "con la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo".
Además, las sedes penales del Poder Judicial tendrán acceso. Posada propuso agregar a las sedes civiles en casos de reclamos por manutención de hijos y Gandini pidió incluir a la Junta Anticorrupción. Lorenzo dijo que "perfectamente" se pueden atender esos planteos.
Expertos difieren sobre qué ocurre con dueños de inmuebles a través de S.A.
El tributarista Carlos Loaiza ve "muy bien" el proyecto porque se fija el "objetivo de cumplir" con lo que pide el Foro Global y "nada más", al tiempo que valoró que el registro de datos esté en el Banco Central en vez de en la Auditoría Interna. Para Leonardo Costa, socio de Brum/Costa Abogados es una "garantía muy grande" que el registro lo lleve el BCU.
En cambio, el socio principal de Jiménez de Aréchaga, Viana & Brause, Fernando Jiménez de Aréchaga señaló que el proyecto "es sustancialmente menos malo que el anterior" pero "eso no quiere decir que sea bueno". Un aspecto de la iniciativa es que si una entidad no residente con actividad en Uruguay pero que no está obligada a inscribirse en el Registro Nacional de Comercio en principio no deberá informar los titulares de acciones al BCU. Esto serviría para utilizar sociedades extranjeras como vehículos de inversión en inmuebles o activos financieros. Por ejemplo, un argentino que tenga un inmueble en Uruguay y quiera mantener ese anonimato ante un acuerdo de intercambio de datos con Argentina, podría utilizar por ejemplo una sociedad panameña para tener el inmueble.
Según Loaiza la doctrina no es clara sobre si está obligado a registrarse en el BCU. Para Costa es claro que no está obligado, porque la sociedad no desarrolla su objeto en Uruguay sino que solo tiene un activo. En tanto, Jiménez de Aréchaga dijo esperar que la reglamentación no lo obligue a registrarse.
Las cinco pistas del proyecto.
Ni la Dirección General Impositiva (DGI) como se manejó en un primer momento, ni la Auditoría Interna de la Nación como preveía un segundo anteproyecto de ley del Ministerio de Economía. El depositario del registro de datos de titulares de sociedades anónimas al portador y fideicomisos será el Banco Central (BCU). Así, Economía recogió una propuesta de la oposición.
El BCU informará de los datos a la DGI siempre que se solicite "una vez que se haya iniciado formalmente una actuación inspectiva vinculada a sujetos pasivos determinados" o para cumplir con "solicitudes expresas y fundadas" de un Estado extranjero "exclusivamente" en el marco de convenios de intercambio de información o para evitar la doble tributación vigentes. La oposición ya planteó en la Cámara de Diputados que se incluya en el caso del pedido de la DGI, que debe ser fundamentado.
El BCU informará los incumplimientos de la normativa a la DGI respecto a las declaraciones juradas que deben presentar las entidades con los datos de sus accionistas. Asimismo, se faculta al Poder Ejecutivo "a publicar la nómina de los sujetos y entidades que hubiesen incurrido en incumplimiento".
"No estarán obligadas" a presentar datos, las entidades que "cuyas acciones, cuotas sociales y demás títulos de participación patrimonial coticen a través de las Bolsas de Valores nacionales, de Bolsas Internacionales de reconocido prestigio" u otras formas de "oferta pública". La segunda versión del anteproyecto establecía que era para las que "hayan emitido", eso se cambió ante críticas de la Bolsa de Valores.
Si la entidad cambia sus acciones al portador por nominativas podrá solicitar la exclusión del registro "en las condiciones que determine el Poder Ejecutivo".
MEF afín a discutir eliminarlas
El ministro de Economía, Fernando Lorenzo, se mostró afín a discutir la eliminación de las acciones al portador en la Comisión de Hacienda de Diputados aunque una vez que se apruebe el proyecto y se cumpla con lo que requiere OCDE. "Estamos abiertos a discutirlo. Nos gustaría ver todos los resortes jurídicos que estaríamos cambiando respecto a eso", afirmó.
El director general de secretaría, Pedro Apezteguía, agregó a El País que la posibilidad de eliminarlas "requiere analizar qué valor tiene para el país que las acciones sean al portador o sean nominativas" y necesita "un estudio más allá de una declaración de principios".
Fuente: http://www.elpais.com.uy/120412/pecono-635774/economia/duenos-de-acciones-al-portador-no-podran-ocultarse-tras-testaferros/
El gobierno envió al Parlamento la tercera versión de un proyecto de ley que identifica a titulares de acciones o fideicomisos al portador. El registro de los datos estará en el Banco Central y se puso un mecanismo para evitar el uso de testaferros.
El 28 de diciembre pasado el Ministerio de Economía envió un primer proyecto al Parlamento que fue muy criticado por expertos tributaristas, cámaras empresariales y la oposición, ante lo cual decidió retirarlo. En marzo armó otro ante-proyecto que se lo presentó a gremiales empresariales, tributaristas y los partidos políticos para recibir sugerencias.
Esa segunda versión "sufrió ajustes y mejoras", dijo ayer el ministro de Economía, Fernando Lorenzo en su comparecencia en la Comisión de Hacienda de Diputados, según el audio de la reunión al que accedió El País. La tercera versión del proyecto, que ingresó al Parlamento, establece que el Banco Central (BCU) sea el depositario de los datos de "los propietarios de títulos al portador, emitidos por sociedades anónimas, en comandita por acciones, asociaciones agrarias y cualquier otra entidad residente".
A diferencia de los títulos nominativos, en las acciones o fideicomisos al portador, ningún organismo conoce quienes son sus propietarios. Con el proyecto esto deja de ser así, ya que los propietarios deben presentar a la entidad que emitió el título los datos que permitan su identificación a través de una declaración jurada. Esa entidad luego debe elevar al BCU una declaración jurada que contenga los datos que los propietarios informaron.
También deberán informar al Central los propietarios de participaciones emitidas por entidades "no residentes que desarrollen actividades" en el país y que por ello estén sujetas a la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Comercio. A juicio de tributaristas consultados por El País el nuevo texto es mejor que las versiones anteriores, cuando el registro iba a estar en la Dirección General Impositiva (DGI) o en la Auditoría Interna de la Nación. Por otro lado, difieren sobre qué propietarios de entidades no residentes estarán obligados a dar sus datos y cuáles no (ver nota aparte).
El registro de los datos de propietarios de títulos al portador tendrá carácter reservado y para asegurarlo se establecen "iguales sanciones que las aplicables ante violaciones al secreto bancario" dice la exposición de motivos. Esto es tres meses de prisión a tres años de penitenciaria.
"TEXTO PARCO". En el nuevo texto, se eliminan varios aspectos incluidos en el primer proyecto que no tenían que ver con el cumplimiento de las recomendaciones que emitió el Foro Global de Transparencia Fiscal a Uruguay luego que no pasara la Fase I de la revisión entre pares. Lorenzo dijo en la comisión que el proyecto presentado busca "adaptar nuestro marco jurídico en lo necesario y lo más parco posible para cumplir" con los estándares de cooperación internacional "en el marco del interés nacional".
El texto incluye un ajuste respecto a los anteriores que es que "en los casos en que se verifique desmembramiento de dominio, la información deberá comprender tanto al nudo propietario como al usufructuario".
En la exposición de motivos de la iniciativa se indica que en "casos en que exista una cadena de propiedad" esto "asegura la identificación de las personas que integran dicha cadena" y evita que un propietario pueda esconderse tras un testaferro. A juicio del tributarista Carlos Loaiza (socio del estudio Sanguinetti/Foderé) es una norma "antielusiva" con la que se logra que si el propietario de una acción es uno pero el usufructo de la misma lo tiene otro, no se pueda evitar el registro "con un tecnicismo".
Las sociedades que coticen títulos al portador en Bolsas de Valores nacionales e internacionales estarán exoneradas de presentar datos y si una sociedad cambia de títulos al portador a nominativos también.
El proyecto establece sanciones para aquellos que incumplan con presentar la información requerida al BCU. Entre otros aspectos no podrán cobrar utilidades de la sociedad y serán multados por hasta 100 veces el valor máximo de la multa por contravención, esto es $ 440.000. Para el tributarista Leonardo Costa son "desproporcionadas las sanciones con el objetivo buscado".
DGI SÍ O NO. Si bien el registro en el BCU es reservado, habrá acceso restringido a algunos organismos. La DGI podrá hacerlo "siempre que tal información se solicite una vez que se haya iniciado formalmente una actuación inspectiva vinculada a sujetos pasivos determinados" o para cumplir con "solicitudes expresas y fundadas" por una administración tributaria extranjera en el marco de los convenios de intercambio de información que firmó Uruguay.
En la comparecencia del ministro de Economía, los diputados nacionalistas Pablo Abdala y Jorge Gandini y el del partido Independiente, Iván Posada plantearon algunos cuestionamientos respecto a cómo accede la DGI.
Lorenzo dijo que se buscó "alinear lo que tiene derecho cualquier administración tributaria extranjera a lo que tiene derecho nuestra administración tributaria", ya que si la DGI no pudiera acceder a datos del registro en esos casos sería "un desbalance" que "debilitaría" al organismo. "¡Vaya si algo que le damos a un fisco extranjero, no se lo vamos a dar a nuestra propia administración tributaria!", exclamó.
Ante ello, Posada propuso agregar al texto que el acceso de DGI sea en el marco de una "resolución fundada". El ministro respondió que "ir por ese camino y adaptar la redacción podría ser una alternativa", aunque agregó que "habría que ver quién evalúa qué tiene fundamentos".
También podrán acceder a los datos la Unidad de Información y Análisis Financiero del BCU y la Secretaría Nacional Antilavado de Activos en casos relacionados "con la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo".
Además, las sedes penales del Poder Judicial tendrán acceso. Posada propuso agregar a las sedes civiles en casos de reclamos por manutención de hijos y Gandini pidió incluir a la Junta Anticorrupción. Lorenzo dijo que "perfectamente" se pueden atender esos planteos.
Expertos difieren sobre qué ocurre con dueños de inmuebles a través de S.A.
El tributarista Carlos Loaiza ve "muy bien" el proyecto porque se fija el "objetivo de cumplir" con lo que pide el Foro Global y "nada más", al tiempo que valoró que el registro de datos esté en el Banco Central en vez de en la Auditoría Interna. Para Leonardo Costa, socio de Brum/Costa Abogados es una "garantía muy grande" que el registro lo lleve el BCU.
En cambio, el socio principal de Jiménez de Aréchaga, Viana & Brause, Fernando Jiménez de Aréchaga señaló que el proyecto "es sustancialmente menos malo que el anterior" pero "eso no quiere decir que sea bueno". Un aspecto de la iniciativa es que si una entidad no residente con actividad en Uruguay pero que no está obligada a inscribirse en el Registro Nacional de Comercio en principio no deberá informar los titulares de acciones al BCU. Esto serviría para utilizar sociedades extranjeras como vehículos de inversión en inmuebles o activos financieros. Por ejemplo, un argentino que tenga un inmueble en Uruguay y quiera mantener ese anonimato ante un acuerdo de intercambio de datos con Argentina, podría utilizar por ejemplo una sociedad panameña para tener el inmueble.
Según Loaiza la doctrina no es clara sobre si está obligado a registrarse en el BCU. Para Costa es claro que no está obligado, porque la sociedad no desarrolla su objeto en Uruguay sino que solo tiene un activo. En tanto, Jiménez de Aréchaga dijo esperar que la reglamentación no lo obligue a registrarse.
Las cinco pistas del proyecto.
Ni la Dirección General Impositiva (DGI) como se manejó en un primer momento, ni la Auditoría Interna de la Nación como preveía un segundo anteproyecto de ley del Ministerio de Economía. El depositario del registro de datos de titulares de sociedades anónimas al portador y fideicomisos será el Banco Central (BCU). Así, Economía recogió una propuesta de la oposición.
El BCU informará de los datos a la DGI siempre que se solicite "una vez que se haya iniciado formalmente una actuación inspectiva vinculada a sujetos pasivos determinados" o para cumplir con "solicitudes expresas y fundadas" de un Estado extranjero "exclusivamente" en el marco de convenios de intercambio de información o para evitar la doble tributación vigentes. La oposición ya planteó en la Cámara de Diputados que se incluya en el caso del pedido de la DGI, que debe ser fundamentado.
El BCU informará los incumplimientos de la normativa a la DGI respecto a las declaraciones juradas que deben presentar las entidades con los datos de sus accionistas. Asimismo, se faculta al Poder Ejecutivo "a publicar la nómina de los sujetos y entidades que hubiesen incurrido en incumplimiento".
"No estarán obligadas" a presentar datos, las entidades que "cuyas acciones, cuotas sociales y demás títulos de participación patrimonial coticen a través de las Bolsas de Valores nacionales, de Bolsas Internacionales de reconocido prestigio" u otras formas de "oferta pública". La segunda versión del anteproyecto establecía que era para las que "hayan emitido", eso se cambió ante críticas de la Bolsa de Valores.
Si la entidad cambia sus acciones al portador por nominativas podrá solicitar la exclusión del registro "en las condiciones que determine el Poder Ejecutivo".
MEF afín a discutir eliminarlas
El ministro de Economía, Fernando Lorenzo, se mostró afín a discutir la eliminación de las acciones al portador en la Comisión de Hacienda de Diputados aunque una vez que se apruebe el proyecto y se cumpla con lo que requiere OCDE. "Estamos abiertos a discutirlo. Nos gustaría ver todos los resortes jurídicos que estaríamos cambiando respecto a eso", afirmó.
El director general de secretaría, Pedro Apezteguía, agregó a El País que la posibilidad de eliminarlas "requiere analizar qué valor tiene para el país que las acciones sean al portador o sean nominativas" y necesita "un estudio más allá de una declaración de principios".
Fuente: http://www.elpais.com.uy/120412/pecono-635774/economia/duenos-de-acciones-al-portador-no-podran-ocultarse-tras-testaferros/
miércoles, 11 de abril de 2012
Plan de Vivienda Social dispara el precio de tierra en Cordón y Centro.
Operadores. Constatan que los precios son 50% superiores a los de 2011.
Centro y Cordón se volvieron muy atractivos para construir vivienda de clase media con exoneraciones fiscales, pero los propietarios elevaron hasta un 50% los montos que piden para vender terrenos, lo que dificulta la ecuación de los inversores.
"Se vende. Ideal para construcción plan de vivienda", dice un aviso clasificado del domingo pasado. Con una oferta que ya era restringida en esos barrios, los propietarios están conscientes de que la demanda por la zona aumentó, dado que la ley de promoción de la vivienda de interés social da exoneraciones de impuestos muy significativas a quienes construyan, refaccionen o amplíen dos o más viviendas (para su posterior venta o alquiler). Así, al margen de su valor real, los propietarios buscan dar un mayor precio a sus inmuebles aprovechando el potencial que tienen por su ubicación, en el marco de los cambios impulsados por la ley 18.795.
El contador Alfredo Kaplan, asesor financiero de la Asociación de Promotores Privados de la Construcción, dijo a El País que, si se tienen en cuenta los avisos clasificados, el precio de los terrenos en Cordón y Centro aumentó "cerca de un 50%". La comparación es con respecto al año pasado, ya que fue en octubre que la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) abrió la ventanilla para que los inversores presentaran sus proyectos.
Los beneficios que da la nueva ley son de 100% en todos los impuestos nacionales al momento de construir. También hay para cuando el destino final es el alquiler: si bien las exenciones tributarias tienen una base del 40% del impuesto a la renta, en Montevideo hay un incentivo adicional para una franja que comprende buena parte del Centro y Ciudad Vieja. Allí la exoneración puede alcanzar el 100% del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los arrendamientos que se realicen a través del Fondo de Garantía de Alquileres. Ese beneficio rige por los 10 años posteriores a la finalización de la obra.
La constatación de una suba en los precios ofertados por los propietarios fue respaldada por el gerente de ventas de la inmobiliaria ACSA, Edgardo Senlle. "La expectativa del propietario es de aumento con respecto a lo que valían antes. A veces tasás en US$ 100.000 y te piden US$ 150.000", dijo a El País.
No obstante, el operador inmobiliario desestimó que esas expectativas puedan traducirse en el precio de la transacción. "La euforia de que van a aumentar los precios no la veo clara. Las expectativas de crecimiento que tienen los propietarios a mi entender no son válidas. Una cosa es lo que se pide y otra a lo que se vende", indicó.
Entre otros argumentos, señaló que "la mayoría de terrenos no son de altura, entonces la incidencia del terreno es muy importante" en la ecuación de costos de los inversores (porque pueden construir menos apartamentos).
A esto agregó que el costo de construir ha subido y ya no baja de US$ 1.100 por metro cuadrado, mientras que los costos aumentaron por el encarecimiento de la mano de obra y otros insumos. "A la empresa le tienen que dar los números y los números no están cerrando mucho, porque por más exenciones impositivas que haya los costos de construcción también son mayores", dijo.
Senlle agregó que las empresas que están elaborando proyectos para concretar en estos barrios aún no son las de mayor porte, por lo que sus finanzas no son tan holgadas.
Por su parte, el rematador Assad Hajjoul, secretario de la Cámara Inmobiliaria, resaltó a El País que la oferta de terrenos en la zona es "muy escasa" y "lo poco que sale a la venta es más caro". "La pretensión de los ofertantes de obtener un precio mayor hace que los negocios se estanquen y se enlentezca el ciclo de forma bastante considerable (en las transacciones)", dijo. A su parecer, "empieza a haber un contagio" en los barrios de rápida rotación de un fenómeno que antes ocurría solo en Punta del Este: "tener un negocio medio cerrado y que el propietario te pida más".
Al menos tres de cada 10 son propietarios
La proporción de inquilinos en los barrios Centro y Ciudad Vieja duplica a la de Montevideo en general, según datos del Instituto Nacional de Estadística que maneja la Agencia Nacional de Vivienda (ANV), a los que accedió El País.
Mientras que en la capital el porcentaje de inquilinos es de 24%, en Centro asciende a 47% y en Ciudad Vieja a 56%. En Cordón y Barrio Sur es algo menor (38% y 41% respectivamente). Esto se traduce en un menor porcentaje de propietarios que la media del departamento, que es de 48%. En Cordón la proporción es de 41%, mientras que en Centro es de 33% y desciende a 24% en Ciudad Vieja.
La edad promedio de los jefes de hogar en Centro es de 44 años, por debajo de los 53 años que se registran como media en Montevideo. En Cordón es de 39 años y en Ciudad Vieja de 37.
Otra de las particularidades de Centro es que tiene una proporción muy elevada de hogares unipersonales: son 51,2% del total mientras que en Montevideo es de 24,1%. También es mayor a la media del departamento la cantidad de hogares con dos integrantes (32,7% frente a 28,4%).
De hecho, el 65% de los inmuebles en el Centro posee una habitación para dormir, mientras que en la capital en general esa tipología de vivienda solo alcanza al 45% del total. Además, el 61% de los propietarios están ocupados y un 37% inactivos (jubilados, pensionistas o estudiantes).
LA CIFRA
56% Es la cantidad de inquilinos que existe en la Ciudad Vieja, en el Centro es el 47%.
Fuente: http://www.elpais.com.uy/120411/pecono-635582/economia/plan-de-vivienda-social-dispara-el-precio-de-tierra-en-cordon-y-centro/
Centro y Cordón se volvieron muy atractivos para construir vivienda de clase media con exoneraciones fiscales, pero los propietarios elevaron hasta un 50% los montos que piden para vender terrenos, lo que dificulta la ecuación de los inversores.
"Se vende. Ideal para construcción plan de vivienda", dice un aviso clasificado del domingo pasado. Con una oferta que ya era restringida en esos barrios, los propietarios están conscientes de que la demanda por la zona aumentó, dado que la ley de promoción de la vivienda de interés social da exoneraciones de impuestos muy significativas a quienes construyan, refaccionen o amplíen dos o más viviendas (para su posterior venta o alquiler). Así, al margen de su valor real, los propietarios buscan dar un mayor precio a sus inmuebles aprovechando el potencial que tienen por su ubicación, en el marco de los cambios impulsados por la ley 18.795.
El contador Alfredo Kaplan, asesor financiero de la Asociación de Promotores Privados de la Construcción, dijo a El País que, si se tienen en cuenta los avisos clasificados, el precio de los terrenos en Cordón y Centro aumentó "cerca de un 50%". La comparación es con respecto al año pasado, ya que fue en octubre que la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) abrió la ventanilla para que los inversores presentaran sus proyectos.
Los beneficios que da la nueva ley son de 100% en todos los impuestos nacionales al momento de construir. También hay para cuando el destino final es el alquiler: si bien las exenciones tributarias tienen una base del 40% del impuesto a la renta, en Montevideo hay un incentivo adicional para una franja que comprende buena parte del Centro y Ciudad Vieja. Allí la exoneración puede alcanzar el 100% del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los arrendamientos que se realicen a través del Fondo de Garantía de Alquileres. Ese beneficio rige por los 10 años posteriores a la finalización de la obra.
La constatación de una suba en los precios ofertados por los propietarios fue respaldada por el gerente de ventas de la inmobiliaria ACSA, Edgardo Senlle. "La expectativa del propietario es de aumento con respecto a lo que valían antes. A veces tasás en US$ 100.000 y te piden US$ 150.000", dijo a El País.
No obstante, el operador inmobiliario desestimó que esas expectativas puedan traducirse en el precio de la transacción. "La euforia de que van a aumentar los precios no la veo clara. Las expectativas de crecimiento que tienen los propietarios a mi entender no son válidas. Una cosa es lo que se pide y otra a lo que se vende", indicó.
Entre otros argumentos, señaló que "la mayoría de terrenos no son de altura, entonces la incidencia del terreno es muy importante" en la ecuación de costos de los inversores (porque pueden construir menos apartamentos).
A esto agregó que el costo de construir ha subido y ya no baja de US$ 1.100 por metro cuadrado, mientras que los costos aumentaron por el encarecimiento de la mano de obra y otros insumos. "A la empresa le tienen que dar los números y los números no están cerrando mucho, porque por más exenciones impositivas que haya los costos de construcción también son mayores", dijo.
Senlle agregó que las empresas que están elaborando proyectos para concretar en estos barrios aún no son las de mayor porte, por lo que sus finanzas no son tan holgadas.
Por su parte, el rematador Assad Hajjoul, secretario de la Cámara Inmobiliaria, resaltó a El País que la oferta de terrenos en la zona es "muy escasa" y "lo poco que sale a la venta es más caro". "La pretensión de los ofertantes de obtener un precio mayor hace que los negocios se estanquen y se enlentezca el ciclo de forma bastante considerable (en las transacciones)", dijo. A su parecer, "empieza a haber un contagio" en los barrios de rápida rotación de un fenómeno que antes ocurría solo en Punta del Este: "tener un negocio medio cerrado y que el propietario te pida más".
Al menos tres de cada 10 son propietarios
La proporción de inquilinos en los barrios Centro y Ciudad Vieja duplica a la de Montevideo en general, según datos del Instituto Nacional de Estadística que maneja la Agencia Nacional de Vivienda (ANV), a los que accedió El País.
Mientras que en la capital el porcentaje de inquilinos es de 24%, en Centro asciende a 47% y en Ciudad Vieja a 56%. En Cordón y Barrio Sur es algo menor (38% y 41% respectivamente). Esto se traduce en un menor porcentaje de propietarios que la media del departamento, que es de 48%. En Cordón la proporción es de 41%, mientras que en Centro es de 33% y desciende a 24% en Ciudad Vieja.
La edad promedio de los jefes de hogar en Centro es de 44 años, por debajo de los 53 años que se registran como media en Montevideo. En Cordón es de 39 años y en Ciudad Vieja de 37.
Otra de las particularidades de Centro es que tiene una proporción muy elevada de hogares unipersonales: son 51,2% del total mientras que en Montevideo es de 24,1%. También es mayor a la media del departamento la cantidad de hogares con dos integrantes (32,7% frente a 28,4%).
De hecho, el 65% de los inmuebles en el Centro posee una habitación para dormir, mientras que en la capital en general esa tipología de vivienda solo alcanza al 45% del total. Además, el 61% de los propietarios están ocupados y un 37% inactivos (jubilados, pensionistas o estudiantes).
LA CIFRA
56% Es la cantidad de inquilinos que existe en la Ciudad Vieja, en el Centro es el 47%.
Fuente: http://www.elpais.com.uy/120411/pecono-635582/economia/plan-de-vivienda-social-dispara-el-precio-de-tierra-en-cordon-y-centro/
lunes, 9 de abril de 2012
Depósito promedio del ahorrista no residente es de US$ 54.683 .
El 96.5% de los depositantes en el sistema financiero son residentes en el país, según un informe de la consultora Deloitte. Sin embargo, en volumen de negocios el promedio de depósitos de los ahorristas residentes en el país es de US$ 11.201 y el de los no residentes de US$ 54.683.
El promedio de depósitos en los bancos de los residentes en Uruguay aumentó 213 dólares en los dos primeros meses del año, al pasar de 10.988 en diciembre de 2011 a 11.201 en febrero de 2012.
Los residentes tienen en los bancos un promedio de US$ 11.201. En los bancos privados la media es de 13.538 dólares, en tanto en el Banco de la República llega a US$ 9.335.
Las cifras surgen del Análisis del desempeño del sistema financiero en el Uruguay, realizado por la consultora Deloitte, al cierre del mes de febrero.
Además del banco oficial, el análisis incluye a los bancos de la Nación Argentina, Itaú, Santander, Heritage, Bandes, BBVA, Citi, Discount, Hsbc, Lloyds y Nuevo Banco Comercial.
El informe revela que las doce instituciones analizadas tienen 1.664.933 depositantes, de los cuales 902.774 son del Brou (54.2) y 762.159 (45.8%) de los privados. El 96.5% de los depositantes son residentes en el país.
En este período estos bancos sumaron en conjunto 18.218 depositantes, 1.1% más que al concluir 2011. De ese total el República captó 10.270 clientes (56%) y los privados 7.948.
El promedio de depósito en el conjunto, incluyendo ahorristas residentes y no residentes, es de 12.780 dólares. En las instituciones privadas la media es de U$S 16.481 y en el Brou de U$S 9.655.
El promedio de depósitos de los ahorristas residentes en el país es de US$ 11.201 y el de los no residentes de US$ 54.683. En dos meses de 2012 el promedio de depósitos aumentó 261 dólares (2.1%). En los privados la cantidad ahorrada creció promedialmente US$ 419 (+ 2.6%) y en el República US$ 131 (1.4%).
Entre los privados, Nuevo Banco Comercial tiene la mayor cantidad de depositantes (201.380), seguido por Santander (176.739) e Itaú (131.449).
En los dos primeros meses de 2012 la institución que incrementó más su cartera de depositantes fue Citi (+ 6.4%). También destaca el desempeño de Discount (+ 4.1%) y Nuevo Banco Comercial (+ 2.8%).
El 78.6% de los depósitos es por montos iguales o menores a US$ 5.000. Sólo el 2.2% de las cuentas tiene más de 100.000 dólares.
El Heritage tiene el mayor promedio de ahorro, con US$ 136.859 por depositante. Luego se ubican el Lloyds (61.424) y el Citi (53.988).
Fuente: http://genteynegocios.elpais.com.uy/ahorristas-aumentan-sus-cuentas-bancarias
El promedio de depósitos en los bancos de los residentes en Uruguay aumentó 213 dólares en los dos primeros meses del año, al pasar de 10.988 en diciembre de 2011 a 11.201 en febrero de 2012.
Los residentes tienen en los bancos un promedio de US$ 11.201. En los bancos privados la media es de 13.538 dólares, en tanto en el Banco de la República llega a US$ 9.335.
Las cifras surgen del Análisis del desempeño del sistema financiero en el Uruguay, realizado por la consultora Deloitte, al cierre del mes de febrero.
Además del banco oficial, el análisis incluye a los bancos de la Nación Argentina, Itaú, Santander, Heritage, Bandes, BBVA, Citi, Discount, Hsbc, Lloyds y Nuevo Banco Comercial.
El informe revela que las doce instituciones analizadas tienen 1.664.933 depositantes, de los cuales 902.774 son del Brou (54.2) y 762.159 (45.8%) de los privados. El 96.5% de los depositantes son residentes en el país.
En este período estos bancos sumaron en conjunto 18.218 depositantes, 1.1% más que al concluir 2011. De ese total el República captó 10.270 clientes (56%) y los privados 7.948.
El promedio de depósito en el conjunto, incluyendo ahorristas residentes y no residentes, es de 12.780 dólares. En las instituciones privadas la media es de U$S 16.481 y en el Brou de U$S 9.655.
El promedio de depósitos de los ahorristas residentes en el país es de US$ 11.201 y el de los no residentes de US$ 54.683. En dos meses de 2012 el promedio de depósitos aumentó 261 dólares (2.1%). En los privados la cantidad ahorrada creció promedialmente US$ 419 (+ 2.6%) y en el República US$ 131 (1.4%).
Entre los privados, Nuevo Banco Comercial tiene la mayor cantidad de depositantes (201.380), seguido por Santander (176.739) e Itaú (131.449).
En los dos primeros meses de 2012 la institución que incrementó más su cartera de depositantes fue Citi (+ 6.4%). También destaca el desempeño de Discount (+ 4.1%) y Nuevo Banco Comercial (+ 2.8%).
El 78.6% de los depósitos es por montos iguales o menores a US$ 5.000. Sólo el 2.2% de las cuentas tiene más de 100.000 dólares.
El Heritage tiene el mayor promedio de ahorro, con US$ 136.859 por depositante. Luego se ubican el Lloyds (61.424) y el Citi (53.988).
Fuente: http://genteynegocios.elpais.com.uy/ahorristas-aumentan-sus-cuentas-bancarias
Tras 10 años, Uruguay recuperó el grado inversor.
La calificadora de riesgo Standard & Poor's ascendió de BB+ a BBB- la nota de la deuda.
La calificadora de riesgo Standard&Poor’s acaba de otorgar a Uruguay el grado inversor, según informó hace minutos la agencia Bloomberg.
La agencia elevó la nota de Uruguay de BB+ a BBB-, lo que ya califica como grado inversor.
Se trata de la primera agencia que le dio la nota de “excelencia” a Uruguay, algo que el gobierno viene reclamando desde hace tiempo. Ahora se espera por Fitch Ratings y Moodys, las otras agencias de calificación que también tiene a Uruguay a un escalón del grado inversor.
"La actualización se basa en las sólidas perspectivas de crecimiento económico Uruguay, y en la mejora de los indicadores fiscales y externos, mientras la inversión extranjera directa se fortalece y mejora la diversificación económica", dijo el analista de la empresa, Sebastián Briozzo, en un comunicado. "Las prudentes políticas económicas en los últimos años, respaldados por un amplio consenso político, han permitido a Uruguay para crecer rápidamente y reducir sus vulnerabilidades de crédito principales."
El país perdió su calificación de grado de inversión en febrero 2002, cuando la crisis empezaba a afectar la economía uruguaya, y después de que Argentina dejó de pagar $ 95 mil millones de la deuda, lo que desató una corrida de depósitos bancarios y una devaluación de la moneda en Uruguay. Hoy en día S&P califica Argentina con la nota B, cinco niveles por debajo de grado de inversión.
El fondo se tocó en mayo de 2003, cuando la compañía declaró al país en cesación de pagos, algo que se levantó un mes después, luego del canje con inversores.
La nota de BBB- califica a las compañías que se encuentran “en buena situación” al momento de ser calificadas, y permite establecer tasas de interés más bajas a la hora de colocar deuda en el mercado.
Fuente: http://www.elobservador.com.uy/noticia/221680/tras-10-anos-uruguay-recupero-el-grado-inversor/
La calificadora de riesgo Standard&Poor’s acaba de otorgar a Uruguay el grado inversor, según informó hace minutos la agencia Bloomberg.
La agencia elevó la nota de Uruguay de BB+ a BBB-, lo que ya califica como grado inversor.
Se trata de la primera agencia que le dio la nota de “excelencia” a Uruguay, algo que el gobierno viene reclamando desde hace tiempo. Ahora se espera por Fitch Ratings y Moodys, las otras agencias de calificación que también tiene a Uruguay a un escalón del grado inversor.
"La actualización se basa en las sólidas perspectivas de crecimiento económico Uruguay, y en la mejora de los indicadores fiscales y externos, mientras la inversión extranjera directa se fortalece y mejora la diversificación económica", dijo el analista de la empresa, Sebastián Briozzo, en un comunicado. "Las prudentes políticas económicas en los últimos años, respaldados por un amplio consenso político, han permitido a Uruguay para crecer rápidamente y reducir sus vulnerabilidades de crédito principales."
El país perdió su calificación de grado de inversión en febrero 2002, cuando la crisis empezaba a afectar la economía uruguaya, y después de que Argentina dejó de pagar $ 95 mil millones de la deuda, lo que desató una corrida de depósitos bancarios y una devaluación de la moneda en Uruguay. Hoy en día S&P califica Argentina con la nota B, cinco niveles por debajo de grado de inversión.
El fondo se tocó en mayo de 2003, cuando la compañía declaró al país en cesación de pagos, algo que se levantó un mes después, luego del canje con inversores.
La nota de BBB- califica a las compañías que se encuentran “en buena situación” al momento de ser calificadas, y permite establecer tasas de interés más bajas a la hora de colocar deuda en el mercado.
Fuente: http://www.elobservador.com.uy/noticia/221680/tras-10-anos-uruguay-recupero-el-grado-inversor/
jueves, 15 de marzo de 2012
Cambios en dividendos y utilidades
1. Introducción
A través de la Ley 18.718, con vigencia 1º de enero del 2011, se abandona la aplicación del principio territorial del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) siendo alcanzados por este impuesto los rendimientos de capital mobiliario originados en depósitos, préstamos, y en general en toda colocación de capital o crédito de cualquier naturaleza (rentas pasivas) que provengan de una entidad no residente y sean obtenidos por una persona física residente. Estas disposiciones han sido recientemente reglamentadas a través del Decreto 510/011 de 2/2/012.
Estos rendimientos del exterior de capital mobiliario pueden ser obtenidos en forma directa por las personas físicas residentes o a través de distintas figuras.
En entregas pasadas nos referimos a los casos en los que la persona física residente obtiene estos rendimientos en forma directa así como también a través de ciertos intermediarios (Bolsa de Valores de Montevideo, Bolsa Electrónica de Valores, corredores de Bolsa que las integren, los fondos de inversión y fideicomisos).
En esta oportunidad nos referiremos al caso en que los rendimientos de capital mobiliario del exterior sean obtenidos por la persona física a través de un contribuyente del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE), comentando los cambios que deben afrontar las empresas en ocasión del pago de dividendos o utilidades a personas físicas residentes.
2. Dividendos y utilidades gravados por IRPF
El IRPF grava desde su inicio los dividendos y utilidades originados en rentas gravadas por IRAE. Los rendimientos de capital mobiliario del exterior no están alcanzados por este impuesto por considerarse una renta de fuente extranjera, situación esta que permanece incambiada para este impuesto.
A través de la Ley 18.718, así como de su reglamentación, se dispone que constituyen rentas de capital mobiliario gravadas por IRPF los dividendos y utilidades distribuidos por contribuyentes de IRAE, siempre que tales dividendos constituyan rendimientos de capital mobiliario provenientes de entidades no residentes y se hubieran devengado en ejercicios iniciados a partir del 1º de enero del 2011.
En este último caso, para que tales rendimientos se encuentren gravados se deben obtener en forma exclusiva, o en combinación con otras rentas puras. En caso de obtenerse en combinación con actividades empresariales solo estarán gravados si se demuestra por la DGI que la persona física ha efectuado la inversión mobiliaria en el exterior a través del contribuyente de IRAE.
Es decir lo que se pretende es no alcanzar los rendimientos de capital mobiliario que podría obtener el contribuyente de IRAE en el exterior que provinieran de su operativa y sí incluir aquellos rendimientos de capital mobiliario que fueran obtenidos por la persona física a través del contribuyente de IRAE.
3. Retención
3.1. Momento de practicar la retención y tasas aplicables
Las empresas contribuyentes de IRAE deberán retener el IRPF correspondiente a los dividendos y utilidades que "paguen o acrediten" a personas físicas residentes.
Según la Administración Fiscal el concepto "acreditación" se refiere al momento del devengamiento, que según el artículo 17 del Decreto 148/007 ocurre cuando el órgano social competente o los socios a falta de éste hayan resuelto dicha distribución.
Se consideran contribuyentes de IRAE, y por lo tanto deben practicar la retención, todas las entidades mencionadas en los numerales 1) a 8) del literal A) del artículo 3º del Título 4 de IRAE, aun cuando las mismas tuvieran la totalidad de sus rentas de fuente extranjera.
La tasa aplicable para la retención del IRPF sobre dividendos y utilidades correspondientes a rentas de capital mobiliario del exterior es de 12%. Cabe recordar que el resto de los dividendos y utilidades están gravados al 7%.
3.2. Monto imponible - mecanismo de asignación de dividendos y utilidades
En cuanto al monto imponible, el Decreto 510/011 establece un mecanismo de asignación de dividendos y utilidades gravados que consiste en ordenar los mismos según su origen y aplicarle la tasa correspondiente.
Así, los dividendos o utilidades distribuidos se imputan en primer lugar a los resultados acumulados de ejercicios iniciados antes del 1º de julio del 2007 y no están gravados por IRPF.
Una vez agotados los resultados acumulados generados antes del 1/7/2007 los dividendos y utilidades distribuidos se imputarán en primer lugar a la renta neta fiscal gravada por el IRAE devengada desde el primer ejercicio incluido en el IRAE y hasta el ejercicio anterior a aquel iniciado luego del 1º de enero del 2011, en la proporción que corresponda a cada socio o accionista, e independientemente del ejercicio en el cual se generaron. La tasa aplicable en este caso es de 7%.
Una vez que se hubiera agotado la renta neta fiscal recién mencionada, los dividendos y utilidades distribuidos se imputarán en primer lugar a los rendimientos de capital mobiliario que provengan de entidades no residentes estando gravados por IRPF a la tasa del 12%.
En caso de que no existan las mencionadas rentas o que existan pero sean menores al monto distribuido, el remanente se imputará a la renta neta fiscal gravada por el IRAE devengada en ejercicios iniciados luego del 1/1/2011, siendo la tasa aplicable 7%.
En otras palabras, la norma propone que una vez consumidos los resultados acumulados devengados en ejercicios previos al IRAE y absorbida la renta neta fiscal de IRAE devengada en ejercicios iniciados antes del 1/1/2011, los dividendos y utilidades que se distribuyan se imputen en primer lugar a los rendimientos de capital mobiliario del exterior (12%) y el remanente a la RNF gravada por IRAE (7%).
3.3. Casos particulares
Cuando el contribuyente de IRAE participe en el patrimonio de una entidad no residente y ésta se encuentre en un régimen de baja tributación (tasa efectiva inferior al 12%), las rentas pasivas de capital mobiliario que fueran percibidas por la entidad del exterior se imputarán al contribuyente de IRAE al solo efecto de determinar los dividendos gravados por el IRAE.
Es decir, la entidad del exterior se transforma en una entidad "transparente" desde el punto de vista fiscal, debiendo el contribuyente de IRAE en ocasión de la distribución de dividendos y utilidades considerar las rentas pasivas que obtiene dicha entidad cuando es percibida por aquella, con independencia de cuándo la entidad del exterior distribuya los dividendos.
Cuando la entidad del exterior distribuya los dividendos habrá que determinar la porción de los mismos que ya fue imputada, para no gravar dos veces el mismo concepto.
4. Acreditación de impuestos pagados en el exterior
El contribuyente de IRPF puede compensar el impuesto a la renta pagado en el exterior por estas mismas rentas. Para ello deberá presentar declaración jurada, dado que la compensación no la efectúa el agente de retención.
5. A modo de conclusión
Si bien las empresas contribuyentes de IRAE no ven afectada su tributación en relación a los rendimientos de capital mobiliario provenientes del exterior, los que continúan estando no comprendidos en el IRAE sí ven afectada su carga administrativa por la complejidad que conllevará tener que retener el IRPF correspondiente a tales rentas en ocasión de la distribución de dividendos o utilidades.
Fuente: http://www.elpais.com.uy/suplemento/economiaymercado/cambios-en-dividendos-y-utilidades/ecoymer_629966_120312.html
A través de la Ley 18.718, con vigencia 1º de enero del 2011, se abandona la aplicación del principio territorial del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) siendo alcanzados por este impuesto los rendimientos de capital mobiliario originados en depósitos, préstamos, y en general en toda colocación de capital o crédito de cualquier naturaleza (rentas pasivas) que provengan de una entidad no residente y sean obtenidos por una persona física residente. Estas disposiciones han sido recientemente reglamentadas a través del Decreto 510/011 de 2/2/012.
Estos rendimientos del exterior de capital mobiliario pueden ser obtenidos en forma directa por las personas físicas residentes o a través de distintas figuras.
En entregas pasadas nos referimos a los casos en los que la persona física residente obtiene estos rendimientos en forma directa así como también a través de ciertos intermediarios (Bolsa de Valores de Montevideo, Bolsa Electrónica de Valores, corredores de Bolsa que las integren, los fondos de inversión y fideicomisos).
En esta oportunidad nos referiremos al caso en que los rendimientos de capital mobiliario del exterior sean obtenidos por la persona física a través de un contribuyente del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE), comentando los cambios que deben afrontar las empresas en ocasión del pago de dividendos o utilidades a personas físicas residentes.
2. Dividendos y utilidades gravados por IRPF
El IRPF grava desde su inicio los dividendos y utilidades originados en rentas gravadas por IRAE. Los rendimientos de capital mobiliario del exterior no están alcanzados por este impuesto por considerarse una renta de fuente extranjera, situación esta que permanece incambiada para este impuesto.
A través de la Ley 18.718, así como de su reglamentación, se dispone que constituyen rentas de capital mobiliario gravadas por IRPF los dividendos y utilidades distribuidos por contribuyentes de IRAE, siempre que tales dividendos constituyan rendimientos de capital mobiliario provenientes de entidades no residentes y se hubieran devengado en ejercicios iniciados a partir del 1º de enero del 2011.
En este último caso, para que tales rendimientos se encuentren gravados se deben obtener en forma exclusiva, o en combinación con otras rentas puras. En caso de obtenerse en combinación con actividades empresariales solo estarán gravados si se demuestra por la DGI que la persona física ha efectuado la inversión mobiliaria en el exterior a través del contribuyente de IRAE.
Es decir lo que se pretende es no alcanzar los rendimientos de capital mobiliario que podría obtener el contribuyente de IRAE en el exterior que provinieran de su operativa y sí incluir aquellos rendimientos de capital mobiliario que fueran obtenidos por la persona física a través del contribuyente de IRAE.
3. Retención
3.1. Momento de practicar la retención y tasas aplicables
Las empresas contribuyentes de IRAE deberán retener el IRPF correspondiente a los dividendos y utilidades que "paguen o acrediten" a personas físicas residentes.
Según la Administración Fiscal el concepto "acreditación" se refiere al momento del devengamiento, que según el artículo 17 del Decreto 148/007 ocurre cuando el órgano social competente o los socios a falta de éste hayan resuelto dicha distribución.
Se consideran contribuyentes de IRAE, y por lo tanto deben practicar la retención, todas las entidades mencionadas en los numerales 1) a 8) del literal A) del artículo 3º del Título 4 de IRAE, aun cuando las mismas tuvieran la totalidad de sus rentas de fuente extranjera.
La tasa aplicable para la retención del IRPF sobre dividendos y utilidades correspondientes a rentas de capital mobiliario del exterior es de 12%. Cabe recordar que el resto de los dividendos y utilidades están gravados al 7%.
3.2. Monto imponible - mecanismo de asignación de dividendos y utilidades
En cuanto al monto imponible, el Decreto 510/011 establece un mecanismo de asignación de dividendos y utilidades gravados que consiste en ordenar los mismos según su origen y aplicarle la tasa correspondiente.
Así, los dividendos o utilidades distribuidos se imputan en primer lugar a los resultados acumulados de ejercicios iniciados antes del 1º de julio del 2007 y no están gravados por IRPF.
Una vez agotados los resultados acumulados generados antes del 1/7/2007 los dividendos y utilidades distribuidos se imputarán en primer lugar a la renta neta fiscal gravada por el IRAE devengada desde el primer ejercicio incluido en el IRAE y hasta el ejercicio anterior a aquel iniciado luego del 1º de enero del 2011, en la proporción que corresponda a cada socio o accionista, e independientemente del ejercicio en el cual se generaron. La tasa aplicable en este caso es de 7%.
Una vez que se hubiera agotado la renta neta fiscal recién mencionada, los dividendos y utilidades distribuidos se imputarán en primer lugar a los rendimientos de capital mobiliario que provengan de entidades no residentes estando gravados por IRPF a la tasa del 12%.
En caso de que no existan las mencionadas rentas o que existan pero sean menores al monto distribuido, el remanente se imputará a la renta neta fiscal gravada por el IRAE devengada en ejercicios iniciados luego del 1/1/2011, siendo la tasa aplicable 7%.
En otras palabras, la norma propone que una vez consumidos los resultados acumulados devengados en ejercicios previos al IRAE y absorbida la renta neta fiscal de IRAE devengada en ejercicios iniciados antes del 1/1/2011, los dividendos y utilidades que se distribuyan se imputen en primer lugar a los rendimientos de capital mobiliario del exterior (12%) y el remanente a la RNF gravada por IRAE (7%).
3.3. Casos particulares
Cuando el contribuyente de IRAE participe en el patrimonio de una entidad no residente y ésta se encuentre en un régimen de baja tributación (tasa efectiva inferior al 12%), las rentas pasivas de capital mobiliario que fueran percibidas por la entidad del exterior se imputarán al contribuyente de IRAE al solo efecto de determinar los dividendos gravados por el IRAE.
Es decir, la entidad del exterior se transforma en una entidad "transparente" desde el punto de vista fiscal, debiendo el contribuyente de IRAE en ocasión de la distribución de dividendos y utilidades considerar las rentas pasivas que obtiene dicha entidad cuando es percibida por aquella, con independencia de cuándo la entidad del exterior distribuya los dividendos.
Cuando la entidad del exterior distribuya los dividendos habrá que determinar la porción de los mismos que ya fue imputada, para no gravar dos veces el mismo concepto.
4. Acreditación de impuestos pagados en el exterior
El contribuyente de IRPF puede compensar el impuesto a la renta pagado en el exterior por estas mismas rentas. Para ello deberá presentar declaración jurada, dado que la compensación no la efectúa el agente de retención.
5. A modo de conclusión
Si bien las empresas contribuyentes de IRAE no ven afectada su tributación en relación a los rendimientos de capital mobiliario provenientes del exterior, los que continúan estando no comprendidos en el IRAE sí ven afectada su carga administrativa por la complejidad que conllevará tener que retener el IRPF correspondiente a tales rentas en ocasión de la distribución de dividendos o utilidades.
Fuente: http://www.elpais.com.uy/suplemento/economiaymercado/cambios-en-dividendos-y-utilidades/ecoymer_629966_120312.html
viernes, 9 de marzo de 2012
Bolsa de Valores criticó nuevo proyecto de S.A.
Cambios. Economía está abierto pero registro sería único.
A la Bolsa de Valores de Montevideo no le convence la redacción del anteproyecto de ley para identificar los accionistas al portador. El Ministerio de Economía está abierto a cambios siempre que por eso Uruguay "no quede mal parado".
El anteproyecto de ley que presentó Economía a legisladores de todos los partidos -y que estos quedaron en estudiar para realizar sugerencias durante los próximos 15 días antes que sea enviado al Parlamento- establece la exclusión de informar sobre los tenedores de títulos a las entidades que los emitan en oferta pública.
El artículo 14 del texto establece que "no estarán obligadas a presentar la información (...) las entidades que hayan emitido sus acciones, cuotas sociales y demás títulos de participación patrimonial a través de las Bolsas de Valores nacionales, de Bolsas internacionales de reconocido prestigio o de otros procedimientos de oferta pública, siempre que dichos títulos coticen regularmente y estén a disposición inmediata para su venta o adquisición en los referidos mercados, de acuerdo con los criterios y dentro de los límites que establezca la reglamentación".
Además señala que "cuando dicha emisión no comprenda la totalidad de los títulos emitidos, deberán cumplirse las obligaciones a que refiere la presente ley -es decir informar sus tenedores- por la parte que corresponda a la emisión privada".
El presidente de la Bolsa de Valores de Montevideo (BVM), Pablo Montaldo dijo a El País que "la redacción" del anteproyecto "no es muy feliz" y que "no satisface" a la BVM. Por eso promoverá en el Parlamento lograr cambios a la iniciativa "para que se entienda que la redacción no es del todo acertada" lo que podría dificultar el desarrollo del mercado de capitales en Uruguay, expresó.
Para Montaldo "es un error conceptual" que se diferencie la emisión de los títulos (que no está obligada a informarse sobre sus propietarios) de lo que corresponde a emisión privada y no cotiza.
"Se lo dije personalmente al ministro (de Economía, Fernando Lorenzo) que en una sociedad (que está en Bolsa) no hay parte cerrada o abierta, porque ¿potencialmente cómo hacés para distinguir lo que cotiza en Bolsa?", se preguntó.
Es que según la interpretación que hace la BVM del anteproyecto las empresas uruguayas que cotizan en Bolsa deberían informar sus propietarios porque los títulos se emitieron para sus dueños y luego abrieron "una parte" del capital en la BVM. Es el caso de la agroquímica Isusa, el Frigorífico Modelo y Gralado (la administradora de la terminal y el shopping Tres Cruces).
"Gran parte de las acciones de esas empresas están en manos privadas" por lo que tendrán que "cumplir" con la información, comentó Montaldo. Si bien gran parte no cotiza en la Bolsa, "potencialmente está todo (el capital) abierto" porque uno de los dueños podría ir a la entidad y vender su participación en forma pública, agregó. Esto dificultaría el desarrollo del mercado de capitales, "porque una empresa que salga de cero en Bolsa, no existe en Uruguay", argumentó.
Montaldo afirmó que la redacción del anteproyecto está pensada "para entidades del exterior" y "de la manera que pide la OCDE".
La propuesta que la BVM hizo a Lorenzo no es que las empresas que coticen en Bolsa queden excluidas de informar sobre sus accionistas sino que sean las entidades registrantes las que tengan los datos.
"No proponemos exonerar sino que la entidad registrante, que en muchos casos es la propia BVM sea la que tenga los datos", explicó Montaldo.
Así "no se hace engorroso; es un tema práctico", agregó.
Recordó que así se hace en "muchas jurisdicciones" y señaló que la Auditoría Interna de la Nación (AIN) -que es quien se prevé que lleve el registro de los datos- podría "tener acceso" a la información.
Fuentes del Ministerio de Economía dijeron ayer a El País que "se pueden introducir cambios" para aclarar el concepto de la cotización de las acciones y de si es parte privada o pública. "Ahora, el registro es uno solo", aseguró un informante. Eso significa que sea la AIN o el Banco Central -como propuso el senador Jorge Larrañaga y Lorenzo estuvo de acuerdo- no habrá otros registros como pide la BVM.
"Donde el gobierno no transa es en tener algo que deje a Uruguay mal parado en el concepto de transparencia", explicó el funcionario.
Para el tributarista, Carlos Loaiza del estudio Sanguinetti, Foderé, Bragard "es una muy buena señal" la que dio el gobierno al aceptar las críticas de los privados a un proyecto anterior que había presentado en diciembre, que ahora retiró y propuso uno nuevo.
Pese a que el anteproyecto es "muy bueno", se "pueden mejorar cosas", dijo Loaiza a El País. En ese sentido, cuestionó que sea la AIN la que lleve el registro de los titulares de acciones al portador porque "es una autoridad que ha demostrado en el pasado que no es eficiente". Añadió que si se diera que finalmente es el Banco Central, "es mucho más apropiado".
Evaluó que si estuviera en la AIN eso "puede afectar la revisión" de la Fase II del Foro Global sobre Transparencia Fiscal. Uruguay no superó la Fase I por no poder identificar a los accionistas al portador y no tener acuerdos de intercambio de datos con Argentina y Brasil, sus socios relevantes. Si supera la Fase I, en la II podría encontrar reparos por la AIN "porque no podría haber intercambio fluido de información", estimó.
Según Loaiza un aspecto destacable del anteproyecto es que se establece un "fast track" para aquellas sociedades que quieran cambiar sus acciones al portador por nominativas. Si bien se pasa a saber quiénes son los accionistas al ser nominativas, esa información queda en la sociedad. "Genera un estímulo positivo a cambiar a acciones nominativas", afirmó.
Consideró que podría mejorarse la redacción referida a las entidades del exterior que tengan actividad en el país.
Políticos cuestionan Cancillería
La Cancillería es foco de cuestionamiento por parte de la oposición respecto a la OCDE. Tras reunirse con el ministro de Economía, Fernando Lorenzo, el miércoles, el presidente del directorio del Partido Nacional, Luis Alberto Heber, dijo que "estamos viendo una presión internacional sobre nuestro país y no vemos a la Cancillería actuando, previendo esta situación" y afirmó que "ha dejado que estas cosas se nos vengan tan encima". Tras la misma reunión el líder colorado, Pedro Bordaberry, escribió en su cuenta de Twitter que "el ministro de Economía parece bien encaminado; pero el de Relaciones (Exteriores) parece estar en falta".
Fuente: http://www.elpais.com.uy/120309/pecono-629496/economia/bolsa-de-valores-critico-nuevo-proyecto-de-s-a-/
A la Bolsa de Valores de Montevideo no le convence la redacción del anteproyecto de ley para identificar los accionistas al portador. El Ministerio de Economía está abierto a cambios siempre que por eso Uruguay "no quede mal parado".
El anteproyecto de ley que presentó Economía a legisladores de todos los partidos -y que estos quedaron en estudiar para realizar sugerencias durante los próximos 15 días antes que sea enviado al Parlamento- establece la exclusión de informar sobre los tenedores de títulos a las entidades que los emitan en oferta pública.
El artículo 14 del texto establece que "no estarán obligadas a presentar la información (...) las entidades que hayan emitido sus acciones, cuotas sociales y demás títulos de participación patrimonial a través de las Bolsas de Valores nacionales, de Bolsas internacionales de reconocido prestigio o de otros procedimientos de oferta pública, siempre que dichos títulos coticen regularmente y estén a disposición inmediata para su venta o adquisición en los referidos mercados, de acuerdo con los criterios y dentro de los límites que establezca la reglamentación".
Además señala que "cuando dicha emisión no comprenda la totalidad de los títulos emitidos, deberán cumplirse las obligaciones a que refiere la presente ley -es decir informar sus tenedores- por la parte que corresponda a la emisión privada".
El presidente de la Bolsa de Valores de Montevideo (BVM), Pablo Montaldo dijo a El País que "la redacción" del anteproyecto "no es muy feliz" y que "no satisface" a la BVM. Por eso promoverá en el Parlamento lograr cambios a la iniciativa "para que se entienda que la redacción no es del todo acertada" lo que podría dificultar el desarrollo del mercado de capitales en Uruguay, expresó.
Para Montaldo "es un error conceptual" que se diferencie la emisión de los títulos (que no está obligada a informarse sobre sus propietarios) de lo que corresponde a emisión privada y no cotiza.
"Se lo dije personalmente al ministro (de Economía, Fernando Lorenzo) que en una sociedad (que está en Bolsa) no hay parte cerrada o abierta, porque ¿potencialmente cómo hacés para distinguir lo que cotiza en Bolsa?", se preguntó.
Es que según la interpretación que hace la BVM del anteproyecto las empresas uruguayas que cotizan en Bolsa deberían informar sus propietarios porque los títulos se emitieron para sus dueños y luego abrieron "una parte" del capital en la BVM. Es el caso de la agroquímica Isusa, el Frigorífico Modelo y Gralado (la administradora de la terminal y el shopping Tres Cruces).
"Gran parte de las acciones de esas empresas están en manos privadas" por lo que tendrán que "cumplir" con la información, comentó Montaldo. Si bien gran parte no cotiza en la Bolsa, "potencialmente está todo (el capital) abierto" porque uno de los dueños podría ir a la entidad y vender su participación en forma pública, agregó. Esto dificultaría el desarrollo del mercado de capitales, "porque una empresa que salga de cero en Bolsa, no existe en Uruguay", argumentó.
Montaldo afirmó que la redacción del anteproyecto está pensada "para entidades del exterior" y "de la manera que pide la OCDE".
La propuesta que la BVM hizo a Lorenzo no es que las empresas que coticen en Bolsa queden excluidas de informar sobre sus accionistas sino que sean las entidades registrantes las que tengan los datos.
"No proponemos exonerar sino que la entidad registrante, que en muchos casos es la propia BVM sea la que tenga los datos", explicó Montaldo.
Así "no se hace engorroso; es un tema práctico", agregó.
Recordó que así se hace en "muchas jurisdicciones" y señaló que la Auditoría Interna de la Nación (AIN) -que es quien se prevé que lleve el registro de los datos- podría "tener acceso" a la información.
Fuentes del Ministerio de Economía dijeron ayer a El País que "se pueden introducir cambios" para aclarar el concepto de la cotización de las acciones y de si es parte privada o pública. "Ahora, el registro es uno solo", aseguró un informante. Eso significa que sea la AIN o el Banco Central -como propuso el senador Jorge Larrañaga y Lorenzo estuvo de acuerdo- no habrá otros registros como pide la BVM.
"Donde el gobierno no transa es en tener algo que deje a Uruguay mal parado en el concepto de transparencia", explicó el funcionario.
Para el tributarista, Carlos Loaiza del estudio Sanguinetti, Foderé, Bragard "es una muy buena señal" la que dio el gobierno al aceptar las críticas de los privados a un proyecto anterior que había presentado en diciembre, que ahora retiró y propuso uno nuevo.
Pese a que el anteproyecto es "muy bueno", se "pueden mejorar cosas", dijo Loaiza a El País. En ese sentido, cuestionó que sea la AIN la que lleve el registro de los titulares de acciones al portador porque "es una autoridad que ha demostrado en el pasado que no es eficiente". Añadió que si se diera que finalmente es el Banco Central, "es mucho más apropiado".
Evaluó que si estuviera en la AIN eso "puede afectar la revisión" de la Fase II del Foro Global sobre Transparencia Fiscal. Uruguay no superó la Fase I por no poder identificar a los accionistas al portador y no tener acuerdos de intercambio de datos con Argentina y Brasil, sus socios relevantes. Si supera la Fase I, en la II podría encontrar reparos por la AIN "porque no podría haber intercambio fluido de información", estimó.
Según Loaiza un aspecto destacable del anteproyecto es que se establece un "fast track" para aquellas sociedades que quieran cambiar sus acciones al portador por nominativas. Si bien se pasa a saber quiénes son los accionistas al ser nominativas, esa información queda en la sociedad. "Genera un estímulo positivo a cambiar a acciones nominativas", afirmó.
Consideró que podría mejorarse la redacción referida a las entidades del exterior que tengan actividad en el país.
Políticos cuestionan Cancillería
La Cancillería es foco de cuestionamiento por parte de la oposición respecto a la OCDE. Tras reunirse con el ministro de Economía, Fernando Lorenzo, el miércoles, el presidente del directorio del Partido Nacional, Luis Alberto Heber, dijo que "estamos viendo una presión internacional sobre nuestro país y no vemos a la Cancillería actuando, previendo esta situación" y afirmó que "ha dejado que estas cosas se nos vengan tan encima". Tras la misma reunión el líder colorado, Pedro Bordaberry, escribió en su cuenta de Twitter que "el ministro de Economía parece bien encaminado; pero el de Relaciones (Exteriores) parece estar en falta".
Fuente: http://www.elpais.com.uy/120309/pecono-629496/economia/bolsa-de-valores-critico-nuevo-proyecto-de-s-a-/
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