viernes, 28 de enero de 2011

Depósitos de uruguayos en el exterior cayeron US$ 317:

La variación de los fondos fuera de fronteras de residentes en el país se dio entre junio y setiembre.

Los depósitos de uruguayos en instituciones del exterior se redujeron en
US$ 317 millones durante el tercer trimestre del último año, según divulgó ayer el Banco Internacional de Pagos (BIS, por sus siglas en inglés).
La caída observada en el período coincidió con buena parte del proceso de discusión parlamentaria –y de un sector de la opinión pública– sobre la iniciativa oficial de gravar los intereses que generan esas colocaciones de residentes en el país.

Mientras tanto, entre junio y setiembre los depósitos vigentes de residentes en la plaza local se expandieron en US$ 755 millones, según datos del Banco Central (BCU). De acuerdo a la información difundida por el BIS, los uruguayos mantenían colocaciones en bancos del exterior al cierre del noveno mes de 2010 por US$ 8.468 millones.

El monto significó una reducción de 3,6% en comparación a junio, cuando las operaciones vigentes sumaban US$ 8.785.
De acuerdo a las últimas cifras procesadas por el BIS, de las colocaciones que los uruguayos poseen en el sistema bancario, 36,3% se encuentran en instituciones ubicadas fuera de fronteras.
Ese porcentaje es el más bajo desde el primer trimestre de 2002, anterior al estallido de la crisis que elevó los niveles de colocaciones fuera del país a guarismos superiores a 41%. La explicación se encuentra en un crecimiento más acelerado de los depósitos a nivel local que en el exterior.

El componente externo de las colocaciones en bancos de los residentes en setiembre se situó dos puntos porcentuales por debajo del trimestre anterior (38,3%).
La caída se explicó, además de la reducción de las operaciones vigentes fuera de fronteras, por un incremento en el total de depósitos de los residentes a nivel de la banca en general.

En el noveno mes del año pasado, los ahorros de residentes uruguayos colocados en bancos locales ascendió a US$ 14.881 y se situó 5,3% por encima de lo registrado en junio.La caída de las colocaciones externas en el período representó 42% del aumento de las verificadas a nivel local.

miércoles, 26 de enero de 2011

Cada no residente tiene un promedio US$ 54.491 en plaza

Dato. Clientes locales de los bancos tienen la quinta parte

Por cada US$ 1 que hay en la cuenta bancaria de un residente, hay US$ 5,2 en la de un no residente, según datos del sistema financiero local procesados por la consultora Deloitte.

El informe "Análisis del desempeño del sistema financiero en Uruguay" al que accedió El País revela que el monto promedio de los depósitos de residentes en la plaza local es de US$ 10.492, mientras que el de los no residentes es de US$ 54.491, según datos a fin de diciembre. Sin embargo, el promedio general se ubica en US$ 11.848, ya que el 96% de los 1,5 millones de clientes de los bancos son residentes y los extranjeros son el 4% restante.

En tanto, el monto despositado por no residentes alcanza a US$ 3.071 millones, es decir el 17% del total, mientras que los residentes aportan US$ 14.827 millones al sistema (83%).

Si bien el monto promedio que tienen depositado los no residentes es de US$ 54.491, esa media es algo superior en la banca privada (US$ 57.893) frente al Banco República (US$ 37.772).

De los 46.827 clientes no residentes que tienen las instituciones privadas, el 42% tenía depositados hasta US$ 5.000, el 18,2% entre US$ 5.001 y US$ 20.000 y el 26% disponía entre US$ 20.001 y US$ 100.000. Las cuentas con más de ese monto despositado fueron 13,8% del total.

El banco local con mayor monto promedio depositado por cliente no residente es el Banco Nación Argentina (US$ 220.402), seguido por el Surinvest (US$ 126.066) y el BBVA (US$ 99.110). En tanto, los que menor monto medio exhibieron fueron el Bandes (US$ 12.175) y el Banco Comercial (US$ 21.251). En tanto, los bancos que tenían más clientes no residentes eran el Santander y el Itaú (con 12.340 y 9.727, respectivamente) y el de menor cantidad fueron el Bandes (188) y el Nación (247).

En el caso del Banco República, que tiene 9.530 clientes no residentes, el 44,5% de sus depósitos son por hasta US$ 5.000, el 22,5% por entre US$ 5.001 y US$ 20.000, otro 23,8% es por entre US$ 20.001 y US$ 100.000 y, finalmente, las cuentas con más de ese monto representan 9,2% del total.

En cuanto a los residentes, también ocurre que si bien el monto promedio que depositan es de US$ 10.195, el monto es algo superior en los bancos privados (US$ 12.494) que el del Banco República (US$ 8.454).

En el caso de los privados, que tienen 626.788 clientes residentes, el 82,8% deposita hasta US$ 5.000, mientras que en el caso del República, que tiene 827.589 clientes, ese guarismo es menor (77,9%). Sin embargo, si se comparan las franjas más altas, la situación se invierte. Por ejemplo, los residentes que tienen entre US$ 5.001 y US$ 20.000 son 8,9% del total de los privados y en el BROU son 13,5%.

MÁS CLIENTES. La cantidad de depositantes en el sistema creció 10% frente a diciembre de 2009 (residentes y no residentes). En términos relativos, fue mayor a nivel privado (19,3%) que en el BROU (7,1%).

En ese lapso también creció el monto promedio por cliente un 5,9%. Mientras que en el sector privado el alza fue de 2,2%, en el público subió 9,1%.

lunes, 24 de enero de 2011

Uruguay financia al resto del mundo

El saldo positivo de la cuenta corriente, que corresponde en su totalidad a ahorro del sector privado, es la contracara del exceso de gasto del exterior en el país


La balanza de pagos, cuyos datos al tercer trimestre del año pasado fueron divulgados recientemente, es un instrumento útil para analizar la coyuntura económico-financiera por la que atraviesa el país. Se trata del registro contable de todas las transacciones, económicas y financieras entre los residentes de la economía doméstica y el resto del mundo. Consiste en una contabilidad de partida doble que registra, por un lado, todos los movimientos de carácter real como el intercambio de bienes y servicios y la retribución a los factores productivos de propiedad extranjera que fueron empleados en la economía en la denominada cuenta corriente. Por el otro, se registran todas las transacciones de carácter financiero, incluidas las variaciones de reservas del BCU.

En los nueve primeros meses del pasado año la cuenta corriente mostró un saldo positivo por US$ 372 millones, en tanto que las cuentas financieras mostraron una salida de US$ 594 millones. La diferencia entre una y otra, o saldo de la balanza de pagos, es la variación de las reservas internacionales, que en este caso muestra una disminución en US$ 222 millones.

Los resultados en la cuenta capital y el comportamiento de las reservas pueden sorprender, dado el contexto general de ingreso de capitales a la región. Esa oferta excedentaria de moneda extranjera es la que está fortaleciendo a las monedas de la región. Precisamente, unos de los temas que más preocupa a las autoridades y al sector empresarial en nuestro país es el nivel del tipo de cambio. Las compras de moneda extranjera por parte de la autoridad monetaria han sido abultadas por lo que, a priori, llama la atención la disminución de las reservas.

Pero si se analizan adecuadamente los movimientos de los saldos de las distintas cuentas de la balanza de pagos en el marco del contexto actual en que se desenvuelve la economía, se constata que la aparente contradicción no es tal.

AHORRO PRIVADO. En primer lugar, debemos señalar que la cuenta corriente es positiva. En los últimos doce meses el superávit ascendió al 0,8% del PIB. Dicho resultado señala una mejora respecto al cierre del 2009 (0,6% del PIB) y contrasta con el déficit de 2008 (-0,5%), tal cual se observa en el Gráfico N° 1.

La mejora responde fundamentalmente al resultado de la balanza comercial, que incrementó su resultado positivo debido al aumento de las exportaciones (tanto de bienes como de servicios) y al descenso de las importaciones de energéticos, que habían aumentado considerablemente en los dos últimos años debido a la sequía que impidió la generación de energía de base hídrica.

Al cabo de los nueve primeros meses de 2010, el superávit comercial de bienes y servicios ascendió a US$ 1.130 millones, casi el doble del registrado en igual período de 2009 (US$ 611 millones).

Que el saldo en cuenta corriente haya sido inferior al comercial se debe a los pagos netos por concepto de renta de factores productivos. Aquí se ven reflejadas las utilidades de las inversiones extranjeras directas (IED), que en el último año obtuvieron un retorno mayor que en 2009. También están registrados los pagos netos de intereses, tanto los correspondientes al endeudamiento de los residentes con el resto del mundo, como los ingresos que obtuvieron los uruguayos por sus colocaciones en el exterior. Dado el bajo retorno de estos últimos y al aumento de los intereses que se pagaron al exterior, el balance de rentas se deterioró, pasando de un déficit de US$ 402 millones al cabo de los tres primeros trimestres de 2009 a US$ 855 millones en igual lapso de 2010.

Los números anteriores resumen los movimientos, pero un análisis un poco más a fondo nos señala la razón de los mismos. El saldo de la cuenta corriente puede ser visto también como la suma de los resultados del sector público y del sector privado. Al cabo de los nueve primeros meses del pasado año, las cuentas del sector público se encontraban en equilibrio (sin considerar el fondo de estabilización energética de UTE), lo que quiere decir que todo el superávit (US$ 372 millones) corresponde a ahorros del sector privado. Pero si comparamos con los datos de un año atrás, constatamos que el sector público fue deficitario en US$ 308 millones mientras que el privado fue superavitario en US$ 536 millones. La caída del ahorro privado es la consecuencia lógica del mayor consumo que están experimentando los residentes de la economía.

El consumo privado creció mucho en el último año, de hecho fue la principal fuerza que impulsó el crecimiento al cabo de los nueve primeros meses del año. Pero el hecho que el sector privado tenga ahorro es una señal de que, por el momento, la economía no se encuentra en una burbuja. Ello no quiere decir que no haya que preocuparse. Por el contrario, de seguir a este ritmo el consumo puede llegar a generar problemas, aunque no creemos que ello sea lo más probable. Estimamos que en el presente año, de la mano de un mayor consumo y un déficit fiscal en el orden del 1,2% del PIB, la cuenta corriente se torne negativa en 1,8% del PIB.

INGRESOS. En las cuentas capital y financiera se registran las inversiones y los préstamos. En cuanto a las primeras, las podemos dividir a su vez en inversión directa (IED) o inversión de cartera.

La economía uruguaya sigue siendo muy atractiva para los inversores extranjeros. En los nueve primeros meses de 2010 ingresaron al país por concepto de IED US$ 1.263 millones. Este monto es un 32,2% superior al registrado en igual período del año anterior, aunque inferior al verificado en 2008 (-11,6%). Dicha evolución es lógica, ya que estamos comparando con el período previo a la crisis internacional (2008), la propia crisis (2009) que desalentó la IED en la región, y la recuperación del pasado año. En términos del PIB, los capitales ingresados en los últimos doce meses finalizados en septiembre de 2010 ascienden al 4% (ver Gráfico N° 2).

La economía también recibió ingresos de capitales que no pudieron ser clasificados y se agruparon en el rubro Errores y Omisiones, por US$ 888 millones al cabo de los nueve primeros meses del año.

SALIDAS. Pero si bien la IED es positiva, la inversión en cartera es negativa. Ello quiere decir que las colocaciones financieras de los residentes uruguayos en el exterior superan a las de los extranjeros en el país.

La salida de fondos se debió a la constitución de activos externos por parte del sistema financiero y, en menor medida, al alza de depósitos de residentes en el exterior. En el acumulado a septiembre la banca privada aumentó sus activos externos con el sector financiero (colocaciones financieras) por US$ 1.550 millones, al tiempo que el BROU lo hizo por US$ 1.057 millones. Comparemos estos movimientos con el crédito concedido. Mientras la banca constituyó activos en el exterior por US$ 2.600 millones en los nueve primeros meses de 2010, el saldo de los créditos totales otorgados en plaza a los sectores privado y público y a no residentes aumentó en US$ 460 millones.

Los números son muy elocuentes y muestran claramente el proceso de desintermediación bancaria. Las empresas no se están financiando con crédito bancario, lo hacen vía IED o reinversión de utilidades. Por otra parte, los depósitos en el sistema bancario continúan aumentando, US$ 2.044 millones en los nueve primeros meses de 2010 (US$ 107 millones corresponden a depósitos de no residentes). Agreguemos a ello la reducción de los encajes. Ante la escasa demanda de crédito interno, la banca está canalizando fondos al exterior.

RESERVAS. A lo largo de los nueve primeros meses de 2010 las reservas internacionales se redujeron en US$ 222 millones. Pero si en lugar de analizar el período en su conjunto, se lo hace por trimestre, se observa que fue en el segundo en el que cayeron las reservas (ver Gráfico N° 3). Tanto en el primero como en el tercero aumentaron (US$ 108 millones y US$ 249 millones respectivamente). La liberación de los encajes bancario tuvo mucho que ver con el descenso del segundo trimestre.

Incluso, si se analizan agregados la cuenta capital y errores y omisiones (suponiendo que corresponden en su totalidad a operaciones financieras) se constata que si bien hubo una salida neta de capitales en los dos primeros trimestres, en el tercero hubo un ingreso neto (ver Gráfico N° 4) que se explica principalmente por el ingreso de depósitos de no residentes al sistema bancario y al aumento de los pasivos del gobierno.

lunes, 17 de enero de 2011

Una más sobre el secreto bancario

El 8 de noviembre de 2010 publicamos en este suplemento el cuarto artículo sobre la reforma legislativa del secreto bancario frente al fisco.

Sobre el tema publicamos dos artículos a mediados del año 2010 -el 28 de junio y el 9 de julio- bajo el título "Secreto bancario y Poder Judicial" criticando duramente el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, diciendo: "el texto eliminaría definitivamente y sin restricciones el secreto bancario frente al fisco, consagrando un trámite judicial testimonial, con la única finalidad de generar la apariencia de legitimidad mediante el supuesto contralor de un tercero imparcial".

Con posterioridad, la bancada de senadores de Alianza Nacional negoció con la bancada de gobierno y los representantes del Poder Ejecutivo, varias modificaciones al texto original y el resultado de dichas negociaciones fue el texto finalmente aprobado con el voto del oficialismo y Alianza Nacional.

Surge de los antecedentes parlamentarios que los senadores de Alianza Nacional que participaron en la negociación se basaron entre otros informes, en un proyecto alternativo elaborado por el Colegio de Abogados del Uruguay, el cual contenía las máximas garantías para el contribuyente.

Como en toda negociación parlamentaria, ambas partes debieron ceder en sus objetivos originales y el resultado fue el proyecto recientemente aprobado. Sobre las virtudes del texto acordado publicamos dos notas -el 18 de octubre y el 8 de noviembre del 2010- bajo el título "Acuerdo sobre el secreto bancario".

Más adelante, cuando el proyecto aprobado en el Senado, con los cambios acordados con Alianza Nacional, pasa a la Cámara de Diputados y en virtud de las explicaciones brindadas en la Comisión de Hacienda de Diputados por profesores de Derecho Tributario y representantes del Colegio de Abogados, algunos diputados oficialistas se mostraron dispuestos a sustituir el término "evasión", por el de "defraudación tributaria", el cual se ajustaba más al texto consagrado en el proyecto del Colegio de Abogados que ponía el acento en la prueba del fraude.

Como era de esperarse, el gobierno no aceptó sustituir el término "evasión del sujeto pasivo" por "la configuración de defraudación tributaria", aspecto que ya había sido discutido en la Comisión del Senado donde se acordó el texto vigente.

Sobre este tema, el 18 de diciembre pasado el diario El País publicó una nota basada en las declaraciones realizadas por diversos juristas en la Comisión de Hacienda de Diputados, titulada, "Secreto bancario: Advierten que la ley es incumplible", "Abogados: jurídicamente no existe el concepto de evasión".

Sin pretender polemizar con los prestigiosos profesores que informaron en la Comisión de Hacienda de Diputados, entendimos y expresamos en la publicación del pasado 11 de diciembre, que a nuestro juicio, sí se trataba de un concepto jurídico. Dijimos: "De esta forma, la evasión queda acotada a la hipótesis de incumplimiento ilícito, pero a la vez intencional, donde el sujeto pasivo actúa con la intención de evadir el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Se trata de una hipótesis jurídica más amplia que la definida en el Código Tributario para la infracción de defraudación tributaria, la que requiere necesariamente la existencia de fraude -engaño u ocultación- pero supone al igual que aquella, la existencia de dolo, esto es, conciencia y voluntad de estar evadiendo el pago de los tributos. Por esa razón, no puede confundirse la evasión con el mero incumplimiento de las obligaciones fiscales, situación jurídica en la que el sujeto pasivo puede incurrir en forma no intencional".

No obstante, podemos estar equivocados y ser correcta la apreciación del título de la nota de prensa del pasado 18 de diciembre que dice: "Abogados: jurídicamente no existe el concepto de evasión". Claro que se trata de una valoración previa a la aprobación de la ley.

Corresponde entonces, dejar de lado la discusión teórica sobre el concepto de evasión y su naturaleza jurídica antes de la aprobación de la ley comentada y concentrarnos en la situación al día de hoy.

Partamos de la hipótesis que el giro "evasión tributaria o fiscal", no tenía un alcance jurídico en nuestro país hasta la sanción de la norma comentada y, por tanto, que el legislador utilizó un término inadecuado por su ambigüedad o falta de rigor jurídico y veamos cómo debe proceder el Poder Judicial frente a la ley comentada.

a) En primer lugar, conforme dispone el art. 25.1 del C.G.P.: "El Tribunal no podrá dejar de fallar en caso de oscuridad, insuficiencia o vacío de la ley", norma similar a la establecida en el artículo 15 del Código Civil. En consecuencia, desde el momento que el legislador recogió el concepto de evasión, colocándolo nada menos que en el núcleo de una norma jurídica, existe como concepto jurídico y como tal debe ser interpretado por los jueces para su aplicación.

b) Para la interpretación de esta norma de naturaleza tributaria, conforme al art. 4° del C.T., pueden utilizarse todos los métodos reconocidos por la ciencia jurídica. Veamos el resultado de su aplicación:

1. Si recurrimos al tenor literal de la norma en cuestión -"El Juez solo hará lugar a la solicitud cuando se haya acreditado la existencia de indicios objetivos que hagan presumir razonablemente la existencia de evasión por parte del sujeto pasivo"- debemos concluir que la acción de evadir establecida como presupuesto necesario para el levantamiento del secreto bancario, refiere a un comportamiento intencional del sujeto pasivo. El diccionario de la Real Academia Española define el término evadir como: "eludir con arte o astucia una dificultad prevista". El legislador podría haber utilizado el giro incumplimiento del sujeto pasivo, el cual abarca conductas tanto activas como pasivas y de responsabilidad objetiva como subjetiva (culpable o dolosa), sin embargo, prefirió utilizar el término "evasión del sujeto pasivo", poniendo el acento en la conducta activa y por ende intencional del sujeto pasivo.

2. Si recurrimos a la historia fidedigna de la sanción de la norma comentada, la fundamentación del voto por parte del senador Jorge Larrañaga, una de las partes del acuerdo político que dio origen al texto vigente, es un elemento esencial a tener en cuenta para la interpretación de la misma. Expresó Larrañaga: "Quiero precisar -con mis limitaciones- algunos de los alcances jurídicos que tiene la palabra "evasión", que por supuesto no son míos, sino de especialistas en la materia. El término "evasión" implica el incumplimiento ilícito, consciente y voluntario de las obligaciones generadas por la configuración del hecho generador de las mismas y se distingue de la "elusión", que es una conducta lícita por la cual se impide el nacimiento de la obligación tributaria, mediante la no configuración del hecho generador".

3. Si recurrimos a una interpretación contextual y lógico-sistemática de la norma en cuestión, no podemos olvidar que se trata de una excepción al artículo 25 de la ley 15.322 referido al secreto profesional. Entonces, la regla en nuestro ordenamiento jurídico sigue siendo la vigencia del secreto bancario, norma que no fue derogada, sino que se introdujo una nueva excepción al régimen general y como tal debe ser interpretada. En sentido contextual, el procedimiento judicial consagrado en la ley comentada para habilitar el levantamiento del secreto bancario, ratifica y confirma el especial interés del legislador por limitar el alcance de esta norma de carácter excepcional.

c) En cuanto a la finalidad de la norma en cuestión -"ratio legis"- esta es compleja y no se limita al otorgamiento de una herramienta de fiscalización a la Administración tributaria. Esta era la única "ratio" del proyecto original del Poder Ejecutivo, no así la del texto aprobado. En este último aparece de forma manifiesta la finalidad de restringir la pérdida del derecho a la intimidad, para aquellos sujetos pasivos cuya conducta fiscal les valga la calificación de evasores y por consiguiente se justifica la pérdida del derecho a invocar el secreto bancario frente al fisco.

En consecuencia, ya no se trata de aplicar una norma cuyo espíritu puede sintetizarse en: "el fisco tiene derecho a mirar las cuentas bancarias de los sujetos pasivos", sino más bien: "sólo quienes intencionalmente violen las normas tributarias, perderán el derecho a ampararse en el secreto bancario".